Skip to main content
OREGONLAWHELP
 
Información Gratis Sobre la Ley en Oregon
 
 
 
 
  Search This Site
   Need Help with Your Search?
Find Legal Help On
Related Resources
more...
Pagando Mantenimiento Económico
by: Legal Aid Services of Oregon

Nota: Las leyes tocante a mantenimiento económico para el niño aplican aunque los padres del niño no estén casados. Para padres que no están casados, primero se debe establecer la paternidad del niño, antes que se ordene el mantenimiento económico. Haga clic aquí para más información.

Pagando Mantenimiento Económico

Si el Estado (Welfare) Está Pagando Económico

 

Pagando Mantenimiento Económico

CONTENIDO

¿Cómo sabré si se ha iniciado una acción legal contra mí para que pague mantenimiento económico?

¿Tengo que pagar mantenimiento económico si yo estoy recibiendo asistencia pública?

Yo estoy incapacitado y mi niño recibe pagos de Seguro Social. ¿Aún así tengo que pagar mantenimiento económico?

¿Me puede ordenar el estado de Oregon a que pague mantenimiento económico aunque me vaya a otro estado?

¿Si me mudo de Oregon después que se ordene mantenimiento económico, aún tengo que seguir pagando?

¿Me puede forzar Oregon a pagar mantenimiento económico que se ordenó en otro estado?

¿Tengo que mantener a mis hijastros?

¿Puedo dejar de pagar mantenimiento económico si no estoy trabajando?

¿Puedo dejar de pagar mantenimiento económico si la otra parte no me deja visitar a mi niño?

¿Cómo sabré si se ha iniciado una acción legal contra mí para que pague mantenimiento económico?

Quizás se le entreguen documentos de la corte pidiendo una orden para mantenimiento de niños en un caso de divorcio o custodia iniciado por la madre del niño, o en un caso de paternidad o mantenimiento de niños archivado por el fiscal del condado o el Departamento de Justicia (DOJ). Si se le entregan estos papeles, usted tiene un plazo fijo para responder, si no, la cantidad de mantenimiento económico indicado en esos papeles probablemente será la cantidad ordenada por el juez. Puede comunicarse con servicios legales o un abogado particular si necesita ayuda legal.

Posiblemente también recibirá un documento de agencia llamado "Notificación y Descubrimiento de Responsabilidad Financiera" (NFFR) pídiéndole mantenimiento de niños. Recibirá estes documento del Departamento de Justicia (DOJ en inglés), o el fiscal del condado e indica la cantidad de mantenimiento que el estado piensa que usted debe pagar. Al recibir el documento de agencia, NFFR, usted tiene derecho a una conferencia o reunión con el Departamento de Justicia (DOJ) o el fiscal del condado para tratar de llegar a un arreglo tocante a la cantidad de mantenimiento que usted debe pagar.

Si recibió un NFFR y no puede llegar a un arreglo tocante a la cantidad de mantenimiento económico, usted tiene derecho a una audiencia con la agencia. Se puede representar usted mismo o ocupar un abogado para la audiencia. Usted tiene que pedir la audiencia dentro de 20 días despúes de recibir el aviso de NFFR, aunque haya tenido una conferencia o reunión. (Si está envuelta la cuestión de paternidad, tiene 30 días para pedir la audiencia). Si no pide la audiencia y no llega a un acuerdo, es probable que usted tendrá que pagar la cantidad de mantenimiento indicada en el aviso de NFFR. Si usted no está de acuerdo con la cantidad de mantenimiento económico ordenada en la audiencia, tiene derecho a una audiencia en la corte. La decisión de la audiencia le informará tocante a sus derechos de apelación.

La persona con quién vive el niño tiene que ser informada de cualquier acuerdo que se haga con el Departamento de Justicia (DOJ) o el fiscal del condado y esa persona tiene derecho de pedir una audiencia tocante a la cantidad de mantenimiento económico.

Regresar al principio

¿Tengo que pagar mantenimiento económico si yo estoy recibiendo asistencia pública?

Si usted está recibiendo asistencia bajo los siguientes programas: TANF (Asistencia Temporaria a Familias Indigentes); Ayuda General (ayuda del estado debido a su incapacidad); SSI (asistencia federal debido a su incapacidad); o OSIP (asistencia del estado); se supone que usted no puede pagar mantenimiento económico. Si está recibiendo alguno de estos tipos de asistencia, se tiene que demostrar que usted aún así puede pagar mantenimiento económico, antes que se le ordene a usted que pague. Si ya se le ha ordenado a usted que pague mantenimiento económico y después usted comienza a recibir este tipo de ayuda, usted puede obtener una orden que pone alto a a su obligación de pagar mantenimiento económico durante el tiempo que usted reciba asistencia pública o hasta que se pueda comprobar que usted puede pagar el mantenimiento. El Departamento de Justicia (DOJ) o el fiscal del condado pueden hacer esto gratis.

Regresar al principio

Yo estoy incapacitado y mi niño recibe pagos de Seguro Social. ¿Aún así tengo que pagar mantenimiento económico?

Sí. Si una orden de mantenimiento económico lo dicta, usted es responsable por pagos de mantenimiento económico, aunque su niño reciba pagos del Seguro Social debido a la incapacidad de usted. Pero beneficios del Seguro Social que reciban sus niños deben ser considerados en fijar la cantidad de mantenimiento que usted debe pagar, y beneficios enviados directamente a los niños deben tomarse en cuenta cuando se calcula la cantidad de mantenimiento que se debe.

Una ley aprobada en 1999 permite la entrega de beneficios de seguro social para reducir mantenimiento de niños atrasado en algunos casos. La corte o una agencia puede dar este crédito. Debe comunicarse con un abogado, el fiscal del condado, o el Departamento de Justicia (DOJ) tocante a cambiar la orden de mantenimiento cuando usted se incapacite. Comuníquese con ellos tan pronto como le sea posible sobre este crédito después que la Administración de Seguro Social le entrega beneficios de seguro social atrasados.

Regresar al principio

¿Me puede ordenar el estado de Oregon a que pague mantenimiento económico aunque me vaya a otro estado?

Se puede ordenar mantenimiento económico en Oregon si usted y su esposa vivieron en Oregon por seis meses (aunque no vivieron juntos) y se comienza la acción dentro de un año de la fecha en que usted se vaya. (Es posible que esta ley aplique aunque los padres no estén casados). Además, si usted tuvo relaciones sexuales y nació un niño, Oregon puede ordenarle que pague mantenimiento económico por ese niño aunque usted no viva en Oregon ahorita y solamente estuvo aquí de visita antes.

Existen otras situaciones en las cuales padres que no viven en Oregon pueden ser ordenados a pagar mantenimiento económico por una corte de Oregon. Además, una corte o agencia en el estado en el cual vive ahora le puede ordenar a que pague mantenimiento económico por su niño en Oregon.

Regresar al principio

¿Si me mudo de Oregon después que se ordene mantenimiento económico, aún tengo que seguir pagando?

Sí. Cualquier estado en el cual usted viva puede usar la orden de Oregon para hacerle pagar mantenimiento económico.

Regresar al principio

¿Me puede forzar Oregon a pagar mantenimiento económico que se ordenó en otro estado?

Sí.

Regresar al principio

¿Tengo que mantener a mis hijastros?

Sí. Si usted se casa con alguien que tiene custodia de niños, usted también tiene que mantenerlos a ellos. Esta responsabilidad cesa cuando se divorcia la pareja o cuando el niño(s) ya no vive con su esposa.

Regresar al principio

¿Puedo dejar de pagar mantenimiento económico si no estoy trabajando?

Casi siempre es mala idea dejar de pagar mantenimiento económico. Si no está trabajando y tiene muy poco dinero, puede pedir que se rebaje la cantidad de mantenimiento económico. Haga clic aquí para más información. Cuando vaya a su audiencia para rebajar la cantidad de mantenimiento, sería bueno decir que ha hecho todo lo posible para mantenerse al corriente con sus pagos de mantenimiento económico. El pagar aunque sea una pequeña cantidad le ayuda a comprobar que está tratando lo mejor que puede.

Regresar al principio

¿Puedo dejar de pagar mantenimiento económico si la otra parte no me deja visitar a mi niño?

No de su propia voluntad. Puede pedirle a un juez que pare la orden de mantenimiento de niños hasta que reciba su tiempo de visitas. Pero no les gusta a los jueces parar los pagos de mantenimiento económico y solamente los paran si se demuestra que usted ha tenido problemas muy graves en conseguir las visitas.

Regresar al principio

 

Si el Estado (Welfare) Está Pagando Económico

CONTENIDO

¿Porqué tengo que pagar mantenimiento para mis niños si el estado les está pagando mantenimiento?

¿Debo esperar que se comunique conmigo el estado si welfare está pagando mantenimiento a mis niños?

¿Tengo que seguir pagando la cantidad de mantenimiento de niños ordenada por el Departamento de Justicia (DOJ), aunque la parte con custodia de mis niños ya no está recibiendo asistencia pública (welfare)?

¿Porqué tengo que pagar mantenimiento para mis niños si el estado les está pagando mantenimiento?

Los pagos de mantenimiento van para reembolsar al estado por el mantenimiento pagado por ellos (welfare) para sus niños.

Regresar al principio

¿Debo esperar que se comunique conmigo el estado si welfare está pagando mantenimiento a mis niños?

Entre más pronto el estado comience su caso de mantenimiento, la probabilidad es mejor que se entregara una orden justa. Si el estado no lo puede encontrar o el caso de mantenimiento se retrasa por alguna razón, puede que el estado use información anterior que muestra un sueldo más alto (o más bajo) de lo que usted actualmente recibe..

De todas maneras eludir al estado cuando su niño está recibiendo welfare no le ayuda a evitar pagar el mantenimiento durante ese tiempo. Cuando el estado se comunique con usted, usualmente tendrá que pagar el mantenimiento "pasado" que se podría haber ordenado si el caso de mantenimiento hubiera empezado antes. Usted tendrá que pagar el mantenimiento actual y pasado.

Regresar al principio

¿Tengo que seguir pagando la cantidad de mantenimiento de niños ordenada por el Departamento de Justicia (DOJ), aunque la parte con custodia de mis niños ya no está recibiendo asistencia pública (welfare)?

Sí. La orden de mantenimiento de DOJ (Departamento de Justicia) es igual que una orden de la corte. El mantenimiento para los niños tiene que ser pagado aunque la persona con custodia haya dejado de recibir welfare. Después que no reciba welfare, la persona a cargo de los niños, y no el estado, recibirá todo el mantenimiento mensual que usted pague.

Regresar al principio

Last Reviewed On: 07/01/05
 
 

Descargo de Responsabilidad

Para información, no es consejo legal. Este sitio de Internet ha sido preparado con propósito de información general solamente. La información de este sitio de Internet no es consejo legal y no es sustituto para el consejo de un abogado. También, la ley puede variar de un estado a otro, y puede ser que alguna parte de la información que contiene este sitio de Internet no sea correcta para su estado. No hay garantía que la información que contiene este sitio de Internet esté al día. Como resultado, la información que contiene este sitio de Internet no puede reemplazar el consejo de un abogado competente licenciado en su estado.

Enlace (Links). Este sitio de Internet contiene enlaces (links) a otros recursos de Internet para ayudarle encontrar otros recursos que le pueden ser de interés. No somos responsables por la exactitud de la información que se provee en esos enlaces (links) de Internet. Al incluir esos enlaces (links), no intentamos declarar o implicar que patrocinamos o que estamos afiliados o asociados con las personas o entidades quienes crearon los sitios de Internet o que estamos autorizados legalmente para usar algún nombre comercial, marca registrada, logo, sello oficial o legal, o símbolo con derechos que puedan ser reflejados en esos enlaces (links).

Correo electrónico (E-mail). El ver este sitio de Internet, o el enviar un mensaje por correo electrónico (e-mail) a cualquier programa de servicios legales o a cualquier abogado mencionado en este sitio de Internet NO establece una relación de abogado-cliente entre usted y el programa de servicios legales o con el abogado. A menos que usted ya sea cliente del abogado, puede ser que su correo electrónico (e-mail) NO sea protegido por el privilegio de abogado-cliente. También, en algunas situaciones, correo electrónico (e-mail) puede ser interceptado por personas además de su recipiente. Límites de entrega son muy importantes en la mayoría de los asuntos legales y puede ser que usted pierda derechos legales importantes si no contrata un abogado inmediatamente para aconsejarle. Muchas personas no revisan su correo electrónico (e-mail) a diario, y la mayoría de los abogados no responden a los mensajes de correo electrónico (e-mails) de no ser de sus clientes o los no solicitados. Si usted tiene un problema legal, no debería recurrir al correo electrónico (e-mail) para encontrar a un abogado para ayudarle.

Propaganda de abogados. En algunos estados este sitio de Internet puede considerarse como propaganda de abogados. Cualquier abogado que aparece en este sitio de Internet no es una recomendación para ese abogado. Antes de contratar a cualquier abogado, usted debe investigar la reputación y calificaciones de ese abogado.

 Descargo de responsabilidad de garantía y límites de responsabilidades. Legal Aid Services de Oregon no hace ninguna garantía, ni expresada ni implicada, con respecto al uso de los enlaces (links) que se proveen; y no hace representación, garantía o alegación que la información disponible en este sitio de Internet sea al día o exacta. Ni el Legal Aid Services de Oregon, ni ninguna otra persona u organización que participa en la creación o mantenimiento de este sitio de Internet será responsable por los daños y perjuicios que surjan por cualquier uso de este sitio de Internet o por cualquier demanda por daños y perjuicios que se haga contra una persona utilizando este sitio de Internet.

Powered by ProBono.Net
                                                                                                                                OregonLawHelp.org
Legal Services Corporation     Legal Aid Services of Oregon     Center for Non-Profit Legal Services, Inc.     Lane County Legal Aid and Advocacy Center