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Estampillas de Comida de Emergencia
by: Oregon Law Center and Legal Aid Services of Oregon

1.      ¿QUÉ SON LAS ESTAMPILLAS DE COMIDA ACELERADAS (DE EMERGENCIA)?

Las estampillas de comida aceleradas (de emergencia) están disponibles más rápidamente que las estampillas de comida regulares.  Si usted cumple los requisitos, las deberá ya tener en sus manos a los siete días calendario contados desde la fecha de la solicitud.  Si el séptimo día cae en un fin de semana o en un lunes día festivo, las estampillas de comida deben estar disponibles el viernes anterior.

OAR 461-115-0210

 

2.      ¿Quién puede obtener las ESTAMPILLAS DE COMIDA ACELERADAS (DE EMERGENCIA)?

Usted y las personas en su hogar deben ser elegibles para las estampillas de comida regulares y llenar uno de los siguientes requisitos:

(1)   Su ingreso bruto (el ingreso antes de haberse descontarse los impuestos) por el mes es menor de $150.00 dólares.  Usted debe tener menos de $100 en efectivo o a la mano en las cuentas corrientes o de ahorro, en certificados de ahorro o en pagos en efectivo por el mes, o 

(2)   Su ingreso bruto junto con su dinero a la mano (o en el banco) es menos que su renta o su hipoteca más los servicios públicos; o

(3)   Un miembro de su hogar es un trabajador del campo estacional o migrante:

(a)    Su hogar tiene menos de $100.00 dólares en recursos; y

(b)   A una persona en el hogar se le pagó el mes anterior antes de que usted solicitara las estampillas de comida pero ya no le están pagando, o

(c)    Alguien en su hogar está empezando un nuevo trabajo pero no va a recibir más de $25.00 dólares dentro de los diez días a la fecha en que usted aplicó para los beneficios.

 

OAR 461-135-0575(1)

Si usted cumple con alguna de estas directrices, usted puede obtener las estampillas de comida aceleradas siempre y cuando: 

(1)   Usted entregue una solicitud completa para estampillas de comida.

(2)   Usted pruebe su identidad con un documento o con una declaración de alguien que lo conozca.

(3)   Puede que usted tenga que certificar que usted no recibió estampillas de comida de otro estado en el mismo mes en que aplicó para los beneficios.  Si usted recibió estampillas de comida en otro estado, usted debe comprometerse a no usarlas y devolverlas a la Oficina de Servicio a los Discapacitados (DSO, por su sigla en inglés), o al Departamento de Servicios Humanos (DHS, por su sigla en inglés). (Vea la Pregunta 6 abajo.)

OAR 461-115-0690

 

3.   ¿QUÉ TENGO QUE HACER PARA OBTENER LAS ESTAMPILLAS DE COMIDA ACELERADAS (DE EMERGENCIA)?

·        Si usted es una persona anciana o discapacitada, vaya a la Oficina de Servicio a los Discapacitados (DSO).  Dígale a la persona que está detrás del mostrador que usted quiere solicitar estampillas de comida aceleradas. La persona debe darle el Formulario 415F del DHS (Solicitud de Servicios).  Llene el Formulario 415F del DHS y entréguelo inmediatamente.  La fecha en que usted presenta la solicitud determina cuando usted va a obtener sus estampillas de comida.  Pida un recibo para probar que usted entregó el formulario.  El recibo es muy importante porque una vez que usted cumpla con las directrices de las estampillas de comida aceleradas, el DSO o el DHS debe tener sus estampillas de comida al séptimo día.

·        Si usted no es una persona anciana o discapacitada, vaya a la oficina del Departamento de Servicios Humanos (DHS).   Dígale a la persona que está detrás del mostrador que usted quiere solicitar estampillas de comida aceleradas.  La persona debe darle el Formulario 415F del DHS (Solicitud de Servicios).  Llene el formulario y entréguelo inmediatamente.  La fecha en que usted presenta la solicitud determina cuando usted va a obtener sus estampillas de comida.    Pida un recibo para probar que usted entregó el formulario.      El recibo es muy importante porque una vez que usted cumpla con las directrices de las estampillas de comida aceleradas el DHS debe tener sus estampillas de comida al séptimo día.

·        Junto con su solicitud incluya otros documentos que prueben la información en su solicitud.  Haga copia de los originales y adjunte las copias (quédese con los originales).  No se preocupe si usted no tiene pruebas de todo.  Usted de todas formas puede obtener las estampillas de comida aceleradas si ha probado su identidad y cumple con las directrices de las estampillas de comida aceleradas.

·        Pídale a la persona del mostrador una cita con un trabajador relacionado con las estampillas de comida para revisar su aplicación.  Recuérdele a la persona del  mostrador que usted está aplicando por estampillas de comida aceleradas (de emergencia).  Su cita debe ser para ese día o dentro de los siguientes próximos días.

·        Espere en la oficina si usted puede, si DSO o DHS está tratando de darle una cita para ese día.  Si usted no puede esperar, dígale a la persona del mostrado la razón por la cual no puede hacerlo y pídale que le haga una cita dentro de los siete días siguientes. 

·        Si DSO o DHS no le dan una cita dentro de los siete días siguientes, solicite hablar con el Director de Operaciones o el Administrador del Distrito.  Si aun así no obtiene una cita dentro de los siete días, solicite una audiencia.  Pídale a la persona en el mostrador el Formulario 443 del DHS (Solicitud de una Audiencia Administrativa.)  Para averiguar acerca de sus derechos de audiencia llame a la Línea de Emergencia de Beneficios Públicos (1-800-520-5292) o a su Oficina de Ayuda Legal local por posible consejo o representación.  Vaya a www.oregonlawhelp.org para obtener un directorio de programas de ayuda legal.

·        Después de que haya entregado la solicitud llame o visite la oficina de DSO o DSH y pregunte si su solicitud de estampillas de comida está siendo manejada como una solicitud acelerada o como una solicitud de estampillas de comida regular.  Usted tiene el derecho de saber, por lo tanto pregunte.

Recuerde que usted tiene que cumplir con todas las citas con su trabajador/a del caso.  De otra forma la agencia no va a tratar su solicitud de estampillas de comida como acelerada. 

4.   ¿CUANTAS VECES PUEDO OBTENER ESTAMPILLAS DE COMIDA ACELERADAS?

No existe límite para el número de veces que usted puede obtener las estampillas de comida aceleradas.  Sin embargo usted tiene que proveer verificación de su elegibilidad con el fin de continuar recibiendo las estampillas de comida o de recibir las estampillas de comida aceleradas por segunda vez.

OAR 461-135-0575

 

5.   ¿CUANDO TENGO QUE PROVEER LA VERIFICACIÓN DEL INGRESO PARA SER ELEGIBLE A LAS ESTAMPILLAS DE COMIDA?

El DHS no puede retrasar su aplicación inicial por estampillas de comida aceleradas debido a la verificación del ingreso.  Pero usted tiene que proveer verificación para continuar recibiendo las estampillas de comida.  Si usted hace la solicitud antes del día 15 del mes, usted debe proveer verificación antes del final del siguiente mes. 

OAR 461-115-0690

 

6.   ¿QUE PASA SI YO ESTABA RECIBIENDO ESTAMPILLAS DE COMIDA EN OTRO ESTADO?

Usted no puede recibir estampillas de comida por parte de más de un estado en el mismo mes.  Si usted se trasladó a Oregon antes de recibir sus estampillas de comida del otro estado, su trabajador/a verificará esto a través de contactar el otro estado.

A usted se le puede solicitar que firme una declaración diciendo que no recibe beneficios de otro estado.  Se le pedirá que prometa no usar los beneficios de otro estado si los recibe y que le deje saber a su trabajador/a del caso si recibe beneficios de otro estado y cuando.  Usted necesitará darle los beneficios recibidos de otro estado a su trabajador/a del caso dentro de los cinco días de haberlos recibido.

OAR 461-115-0690

 

7.   ¿QUÉ OCURRE SI DHS O DSO NO ME DÁ LAS ESTAMPILLAS DE COMIDA ACELERADAS (DE EMERGENCIA)?

Recuerde que para obtener las estampillas de comida aceleradas usted debe calificar para recibir estampillas de comida y cumplir con las directrices de las estampillas de comida aceleradas.

·        Si la oficina de las estampillas de comida dice que usted no cumple con las directrices para las estampillas de comida aceleradas y usted cree que sí, pida hablar con el Director de Operaciones o el Administrador del Distrito.  Si aun así no obtiene las estampillas de comida aceleradas, entonces solicite una audiencia.  Pídale a la persona en el mostrador por el Formulario 443 del DHS (Solicitud de una Audiencia Administrativa).  Escriba en el formulario de solicitud de la audiencia su nombre, dirección, que ha usted no se le dieron las estampillas de comida aceleradas y que usted quiere una audiencia acelerada.  La audiencia acelerada se efectúa por teléfono dentro de los cinco días hábiles al recibo de su solicitud.  Retorne el Formulario 443 del DHS (Solicitud de una Audiencia Administrativa) en el mostrador de las estampillas de comida.  Pida un recibo para probar que entregó el formulario

OAR 461-025-0315

 

Para averiguar acerca de sus derechos de audiencia llame a la Línea de Emergencia de Beneficios Públicos (1-800-520-5292) o a su Oficina de Ayuda Legal local por posible consejo o representación.  Vaya a www.oregonlawhelp.org para obtener un directorio de programas de ayuda legal.

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Last Reviewed On: 11/13/06
 
 

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