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By: Legal Aid Services of Oregon
Asistencia Temporal para Sobrevivientes de la Violencia Doméstica (TA-DVS)
By: Oregon Law Center and Legal Aid Services of Oregon
Protección de Abuso
By: Legal Aid Services of Oregon
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Como Prepararse por su Audiencia en una Orden de Restricción
by: Legal Aid Services of Oregon
 

IMPORTANTE  -   Este información no sirve para sustituir el consejo legal.     Las audiencias de órdenes de restricción pueden ser complicadas y muchas cosas corren peligro. Antes de representarse uno mismo, trate de hacer todo lo que pueda para obtener ayuda legal. Si no ha intentado conseguir un abogado, por favor hágalo ahora. Servicios legales gratis o de bajo costo  están disponibles para que le ayuden con su audiencia de orden de restricción. Este información es correcta desde octubre de 2002.

    ANTES DE LA AUDIENCIA  

¿QUE ES UNA AUDIENCIA DE OPOSION/DISPUTA?

  • El juez le concedió la orden de restricción basado en la información que usted puso en la petición para la orden de restricción. El juez no oyó el otro lado del caso por parte del Demandado. Si la persona contra quien usted puso la orden de restricción (el Demandado) no está de acuerdo con la información que dió, o no está de acuerdo con cualquier parte de la orden , el o ella tiene derecho de solicitar una audiencia ante un juez.
  • El propósito de la audiencia es determinar si su orden de restricción seguirá vigente, y si de hecho sigue estando vigente, determinar si todas las condiciones se quedarán igual o si cambiarán algunas cosas.

¿COMO SABRA SI EL DEMANDADO QUIERE DISPUTAR SU ORDEN DE RESTRICCION?

Usted sabrá que el Demandado disputa a su orden de restricción si usted recibe un aviso por correo por parte de la corte y que se ve como la forma que aparece abajo y que ha sido llenada por el Demandado. La corte le habrá puesto un sello y le escribió a mano la fecha y la hora de la audiencia o le pega un aviso de audiencia adjunto.

SOLICITUD PARA UNA AUDIENCIA

Yo soy el/la demandado(a) de este proceso y solicito una audiencia para disputar la orden en parte o en su totalidad (marque todas las que sean necesarias):

___ La orden que prohíbe que me comunique o intente comunicarme con el/la demandante.

___ La orden que otorga la patria potestad de los menores a el/la demandante.

___ Las condiciones de la orden con respecto al horario paterno.

Otra__________________________________________________

Yo (estaré) (no estaré) siendo representado/da por un abogado en la audiencia

Se me puede enviar notificación del lugar y fecha de la audiencia a la dirección que consta bajo mi firma.

Fecha: _______________________________

FIRMA DEL DEMANDADO_________________________________________________ 

DIRRECION y NUMERO TELEFONICO___________________________________________________

¿CUANDO PUEDE SER DISPUTADA LA ORDEN DE RESTRICCION?

Existen dos maneras que la orden de restricción puede ser disputada.

> Dentro de 30 Días Después de la Notificación

El Demandado puede solicitar una audiencia por un período de 30 días después que el o ella recibió una copia de los papeles de la corte. Si el Demandado está disputando la patria potestad de los menores, la audiencia debe tomar lugar dentro de 5 días después de la solicitud de una audiencia. Si la patria potestad no es retada, la audiencia debe tomar lugar dentro de 21 días de la solicitud.

> Si han Pasado más de 30 Días Después de la Notificación

Después de los 30 días de la notificación, la ley no provee una oportunidad para solicitar una audiencia para oír y cambiar los términos existentes de la mayoría de las órdenes. Si el Demandado intenta retirar la existencia de la orden de restricción después de que hayan pasado mas de 30 días, el demandante debe ir inmediatamente con el juez y pedirle que la audiencia solicitada por el Demandado sea cancelada y que la orden de restricción continúe sin ningún cambio. El/La Demandado/a puede solicitar una audiencia para cambiar partes de la restricción que tratan sobre la custodia o el horario para tener tiempo de custodia con el/los niño/s en cualquier momento. Una vez que hayan pasado los 30 días, una audiencia sobre la custodia puede ser establecida sobre el lapso de 5 días o más.

¿PUEDO VOLVER A PEDIR OTRA CITA PARA LA AUDIENCIA?

Es probable que no. Tiene que presentarse a la audiencia. Si usted no se presenta, tal vez la órden de restricción sea retirada. Si el Demandado viene a la audiencia con un abogado, usted le puede pedir al juez más tiempo para poder buscar su propio abogado.

Si tuvo una emergencia que le impidió presentarse a la audiencia, asegúrese de llamar a la corte inmediatamente para explicarles lo que pasó. También, si se perdió la audiencia por no haber recibido aviso de la corte a tiempo, llame a la corte inmediatamente.

¿CUANDO ES LA AUDIENCIA?

Fíjese en su "Aviso de Audiencia." Le dirá el día y hora de la audiencia. Si no esta segura, llame a la oficina de la corte y pregunte que fecha tiene para la audiencia. Cuando llame, esté preparada/do para decirle a la oficinista su número de caso. Su número de caso es el número que aparece en la esquina derecha arriba de la primera página.

¿A QUE HORA DEBE LLEGAR A LA CORTE?

Llegue con mucho tiempo antes de su audiencia para tener tiempo de juntarse con sus testigos y para encontrar el cuarto de audiencias. Debe planear llegar por lo menos 30 minutos antes de su audiencia.

¿EN DONDE SERA LA AUDIENCIA?

¿NECESITO TENER UN ABOGADO?

Aunque el juez estará preparado para tratar con casos que no tengan abogados, trate de conseguir uno. Un abogado puede ser de mucha ayuda, especialmente si se esta discutiendo la custodia o el tiempo de (visitación) de los niños o si el Demandado tendrá un abogado en la audiencia.

Si usted no conoce un abogado, Puede llamar al Colegio de Abogados del Estado de Oregon (gratis) al 1-800-452-7636 para conseguir un abogado de familia en su área. Si es de bajos ingresos y no puede pagar un abogado, póngase en contacto con su oficina local de servicios legales.

¿QUE SUCEDE SI NO PUEDO CONSEGUIR UN ABOGADO?

Debe comenzar a preparar su caso. Si usted no se presenta para defender su orden de restricción en la audiencia de oposición, es muy seguro que le retirarán su orden de restricción.

¿QUE DEBE VESTIR PARA LA AUDENCIA?

Ropa presentable y limpia, algo que se pondría para una entrevista de trabajo, para la iglesia o una graduación sería lo mejor. Trate de ponerse lo más mínimo en maquillaje. Evite ponerse zapatillas muy altas, tenis, pantalones de mezclilla. No vista ropas que le quedan muy apretada o entallada; corta, escotada, o que enseñe su estómago. Algunos jueces no permiten mini-faldas o shorts en su sala de corte.

¿NECISTA UN INTERPRETE?

Si usted no habla Inglés, tiene derecho a un intérprete y la corte debe proveerle uno. El proceso para solicitar un intérprete es diferente en cada condado. Siga las instrucciones que aparecen abajo para la corte en donde le toca asistir para su audiencia.

SI NECESITA UN INTERPRETE, NOTIFIQUE A LA CORTE INMEDIATAMENTE. ¡NO ESPERE!

¿QUE PUEDE HACER SI TIENE MIEDO QUE EL DEMANDADO LA ACOSE A USTED O A SUS TESTIGOS EN LA CORTE?

Regularmente oficiales de la policía están presentes durante las audiencias de oposición sobre órdenes de restricción. Si se quiere asegurar que va a estar presente un oficial, llame o póngase en contacto con la corte con anterioridad ( como es indicado abajo) y dígales que tiene una audiencia de orden de restricción y que está preocupada por su seguridad en la corte. Explique que quiere confirmar que un oficial estará presente durante su audiencia.

Una vez que haya concluída la audiencia, le puede pedir al juez que mantenga al Demandado en el cuarto hasta que usted haya tenido tiempo para salir del edificio. También puede pedir que un oficial la acompañe hasta fuera del edificio o su carro.

¿COMO ME PREPARA PARA MI AUDIENCIA?

Tome tiempo de leer este libreto. Ponga atención especial a lo que necesita presentar en la audiencia. Piense en alguien que este disponible para testificar de su parte en la audiencia.

  EN LA AUDIENCIA 

¿COMO DEBO COMPORTARME EN LA AUDIENCIA?

  • Este preparada/do.
  • Póngase de pie cuando el juez entre a la sala
  • Tome asiento después que el juez o su oficinista le instruyan.
  • Cuando se dirija al juez dígale "Your Honor" (Su Señoría)
  • Sea amable, no interrumpa a nadie durante la audiencia. Deje de hablar si el juez la interrumpe.
  • Recuerde que el papel del juez es de ser justo.
  • Tal vez el juez le haga preguntas. Si usted no entiende alguna pregunta, dígale al juez. No responda a ninguna pregunta hasta que usted la entienda completamente.
  • Si usted no sabe la respuesta de alguna pregunta dígaselo al juez.
  • Tome su tiempo al responder y dé una explicación de sus respuestas si lo cree necesario.
  • Sea directa /to y honesta /to con el juez. A el juez le molestará el que usted sea evasivo.
  • Diga la verdad en todas las cosas , aún cuando usted piense que la verdad le puede perjudicar. Tal vez el decir la verdad le puede ayudar. Es mas seguro que el juez crea el testimonio de aquellos que no tratan de aparentar ser perfectos.
  • Sea breve cuando pueda.
  • Sea sincera /ro. No sea sarcástica /co o aparente estar enojada / do con el juez o con su contrincante.
  • Manténgase calmada / do y respetuosa /respetuoso. No use esta audiencia para decir cosas degradantes del Demandado.

¿CUAL ES LA APARIENCIA DE LA CORTE?

La "banca" es en donde se sienta el juez. Si hay reportero de la corte, el o ella regularmente se sientan al frente del juez. La secretaria del juez normalmente se sienta al lado del juez. Al cruzar la sala del juez hay dos mesas donde se sientan los clientes (usted y el Demandado) y los abogados si los tienen.

¿QUIEN ESTARA EN LA AUDIENCIA?

  • El juez y el personal del juez
  • Tal vez esté presente un miembro de la policía.
  • El Demandado, sus testigos, y su abogado pueden estar también.
    • Si el Demandado está en la audiencia, usted no le tiene que hablar a menos que el juez se lo indique. Recuerde que los dos están allí para hablar con el juez.
    • Si el Demandado se sienta muy cerca de usted, cámbiese a una distancia en donde se sienta segura. Si el Demandado la hace sentir insegura o incómoda en la sala de la corte, dígale al juez o a el policía que le ayude.
  • También sus testigos deben estar allí.
  • No se sorprenda si hay otras personas en la sala. Tal vez ellos están esperando su propia audiencia. No es raro que citen más de una audiencia a la misma hora y en la misma sala.

¿Cómo sabrá cuando empieza su audiencia?

El juez o su secretaria llamará su caso. Cuando oiga que llamen su nombre, póngase de pie y dígale al juez que usted esta presente, espere a que el juez le de mas instrucciones.

¿QUE PASA EN LA AUDIENCIA?

Los temas que el Demandado marcó en su petición de audiencia son a los cuales se va a dirigir el juez. Puede que esto sea toda la orden de restricción o solamente partes de la orden, como temas de la custodia, tiempo de visitas, o remoción de la casa de familia. Si el Demandado trae temas que no estén marcados en la petición de audiencia, usted le puede pedir al juez tiempo extra para que usted pueda prepararse con una respuesta a estos nuevos temas.

  PROCEDIMIENTOS EN LA AUDIENCIA 

¿QUIEN PASARA PRIMERO?

La cuestión de quién pasará primero varía de juez a juez. Esté preparada/do para pasar primero, pero no se sorprenda si el juez pide que el Demandado pase primero.

¿CUALES SON LAS PARTES DE LA AUDIENCIA?

Una audiencia tiene diferentes partes. Incluyen:

Declaración de Apertura

  • A algunos jueces les gusta oír su "declaración de apertura." Por esta razón, es mejor tener algo preparado. Una vez que se presente ante el juez, pregúntele si a el o a ella le gustaría oír su declaración de apertura.
  • Si es así, su declaración de apertura debe ser un sumario corto de lo que usted quiere obtener, lo que usted intenta presentar, y como apoyara la evidencia su posición.

Su Propio Testimonio

Probablemente, usted es el testigo más importante en su caso. Cuando sea su turno para hablar, usted necesita testificar sobre el abuso que describe en su orden de restricción. Dígale al juez sobre las ocasiones en que el Demandado la ha abusado y cuando usted sintió temor. Puede que esto no sea algo fácil de hacer, pero es muy critico. Explique lo mas detallado posible en cada cosa como que el Demandado hizo, cuándo y dónde lo hizo, qué daños o efectos tuvieron en usted, y quién más estuvo presente durante el abuso.

Examinación Directa

Interrogatorio directa es su oportunidad de hacerle preguntas ya preparadas a sus testigos. Sus preguntas deberán ser simples y directas y deben ser guiadas a lo que pasó exactamente de la manera mas clara posible. Por ejemplo:

Si tiene un testigo que observó que el Demandado le pegó o la lastimó, puede hacerle las siguientes preguntas:

  • ¿Ha visto alguna vez si el Demandado me ha pegado o me ha lastimado?
  • ¿Cuándo?
  • Por favor, describa lo que observó.
  • ¿Ha oído alguna vez que el Demandado me ha amenazado?
  • Por favor, describa lo que oyó.
  • ¿Estuvieron mis niños allí? (si es que hubo niños presente)
  • ¿Le tiene miedo al Demandado, si es así, por que?
  • ¿Ha visto alguna vez que el Demando ha peleado o amenazado a otras personas?
  • ¿Cuándo?
  • Por favor describa lo que pudo observar.
  • Describa su relación con el Demandante, el Demandado y con los niños (si es que los hay).
  • ¿Ha visto al Demandado con los niños? Cómo se comporta cuando está con los niños?
  • Si el testigo conoce su rutina diaria, dígale que testifique quién es el/la que generalmente, alimenta, baña y cuida de los niños.
  • ¿Ha oído alguna vez que el Demandado me ha amenazado con llevarse a los niños y no regresarlos?
  • ¿Cuándo?

Examinación al Otro Lado

Interrogatorio a la otra parte es su oportunidad de hacerle preguntas después de haber oído el testimonio del Demandado y sus testigos. Por ejemplo, si el Demandado tiene un historial criminal le puede preguntar: "¿Ha sido convicto de algún crimen o tiene algún caso en el tribunal pendiente?

Puede que sea más fácil si las preguntas que haga sean contestadas con un "sí" o con un "no".

Re-Dirigir o Refutar

Esta es su oportunidad para explicar si algo fue confundido o confuso durante el testimonio del Demandado, o de los testigos, o la examinación cruzada por parte del Demandado a usted y a sus testigos. Sin embargo, no todos los jueces animan esto.

Argumento De Cierre

Después del testimonio de los dos lados y de sus testigos, la mayoría de los jueces no querrán oír algo mas. Otros dejaran que resuma o que argumente los hechos del caso. A esto se le llama el "argumento para cerrar." Si usted tiene la oportunidad, usted debe resumir su caso en un argumento para cerrar.

Decisión

Una vez que todos hayan testificado el juez dará su decisión. Puede que el juez deje la orden de restricción tal cual es, cambiarla o retirarla.

¿QUE NECESITA COMPROBAR?

La ley de la orden de restricción requiere que ciertos hechos sean mostrados antes de que una orden sea asignada o sostenida. Estas son: 1) que tenga algún tipo de relación con el Demandado que califique por protección bajo la ley de la orden de restricción; 2) que el Demandado la abusó dentro de los últimos 180 días (seis meses); y 3) que usted continué con miedo de que el Demandado le vuelva abusar. Cada uno de esos son aclarado en detalle abajo.

Relacion/Parentesco

Necesita explicarle a la corte que usted y el Demandado tienen algún tipo de las siguientes relaciones/parentesco:

  • Está actualmente casada con el Demandado
  • Estaba casada con el Demandado
  • Es usted un adulto que tiene parentesco por medio de sangre, matrimonio, o adopción con el Demandado
  • Usted y el Demandado son amantes y que actualmente viven juntos (incluye amistades del mismo sexo)
  • Usted y el Demandado son amantes y que vivían juntos en el pasado (incluye amistades del mismo sexo)
  • El Demandado es alguien con quién ha tenido relaciones sexuales íntimas en los últimos dos años (incluye relaciones del mismo sexo)
  • El Demandado es su padre/madre establecida legalmente

Un demandante califica para protección si el o ella es la esposa o el esposo o antes fue el esposo o esposa del Demandado y que han estado envueltos en una relación intima con el Demandante. El Demandado tiene que tener 18 años de edad o mayor. El límite de dos años de amistad sexual intima no se aplica a los demandantes menores de edad.

Abuso

Usted necesitará comprobar que el Demandado la lastimó físicamente o que la puso en un estado de temor de que la vaya a dañar físicamente. Esto quiere decir que el Demandado hizo una o mas de las siguientes cosas:

  • La daño físicamente o trató de lastimarla o dañarla físicamente
  • Hizo que le tenga miedo razonablemente de que pueda ser dañada o lastimada 
  • Hizo que sostuviera relaciones sexuales con el/ella por medio del uso de fuerza o por medio de amenazas envolviendo la fuerza.

El Demandado tuvo que haber hecho una o más de las siguientes cosas dentro de los últimos 6 meses.

Temor de Abuso Continuo de Parte del Demandado

  • Tiene que comprobar que está en abuso "inminente" peligro de abuso contínuo de parte del Demandado (tiene miedo de contínuo abuso por parte del Demandado sin la orden de restricción).
  • El temor que el Demandado es una amenaza para su seguridad o la seguridad de sus niños tiene que ser razonable esto quiere decir que el juez tiene que creer que una persona en su situación puede sentirse como usted se siente. Necesita explicarle a la corte porqué es que usted cree que el Demandante la lastimaría o dañaría si no obtiene la orden de restricción.
  • El hecho de que usted tenga miedo de que el Demandado le va a quitar los niños no es razón suficiente que la ley acepte como razón para que se le conceda una orden de restricción. Este hecho puede afectar el tipo de tiempo de visitación de los padres con los niños que el juez le permita tener al Demandado si la orden de restricción continua en efecto.

¿QUE TIPO DE EVIDENCIA NECESITA?

Como se menciona arriba, probablemente usted es el/la testigo más importante en su caso. Asegúrese de incluir la siguiente información en su testimonio.

1. Abuso Físico

Este tipo de evidencia necesita incluir el tipo de abuso físico que le ocurrió a usted. Si usted fue abusada/dofísicamente,usted necesita decirle al juez si es que intentó o si en verdad sucedió:

  • Le golpeó o le pegó con el puño cerrado
  • La sacudió
  • La jaló o le dió un jalón muy fuerte
  • Le dió de bofetadas
  • La retuvo a la fuerza para que usted no se pudiera huir
  • La mordió
  • La estranguló
  • La empujó o la tiró
  • Le golpeó con los pies
  • Le aventó cosas a usted
  • Le disparó
  • La apuñaleó
  • La amenazó apuntándola con una pistola o cuchillo
  • La forzó a tener relaciones sexuales

También debería testificar sobre cualquier abuso que sucedió más de seis meses atrás si es que es muy serio y que le ayude a explicarle al juez porqué es que usted le tiene miedo al Demandado. Por ejemplo, el Demandado la pudo haber amenazado y empujado recientemente, pero hace dos años la amenazo con una pistola cargada.

2. Detalles del Abuso

Necesita dar detalles a la corte sobre los incidentes de abuso como:

  • Fechas de estos incidentes (si usted no sabe la fecha exacta, puede dar una idea del tiempo, como por ejemplo "como en los días de Pascuas", como hace dos meses," etc.)
  • Dónde ocurrió el incidente
  • Cómo es que usted fue dañada (describa cualquier tipo de moretones, rasguños, hinchazón, huesos rotos, o quebrados, ojos morados, etc.)
  • Indique si estaba embarazada durante ese tiempo
  • Indique si le rompió la ropa
  • Indique si hubo daños de propiedad (por ejemplo, un hueco en la pared o una silla rota)
  • Quién vió o escuchó el incidente
  • Indique si un niño vió o escuchó el incidente
  • Indique si buscó ayuda médica
  • Indique si llamó a la policía
  • Indique si el Demandado fue arrestado por causa del incidente.

3. Temor a que Continúe el Abuso:

Usted también necesita explicarle al juez porqué teme que el abuso continúe. Para ayudarse a sí misma necesita explicarle al juez si:

  • El Demandado ha sido enjuiciado por crímenes violentos (por ejemplo, asalto o acoso)
  • Han existido ordenes de restricción previas contra el Demandado (pretejiéndola a usted o a otros) y si el Demandado rompió esas ordenes
  • El Demandado la ha amenazado con lastimarla
  • El Demandado abusa de las drogas o alcohol
  • El Demandado tiene acceso a cualquier tipo de armas
  • Se ha tenido que esconder del Demandado, indique cuantas veces
  • Ha tenido que hacer cambios para sentirse segura (por ejemplo, ha cambiado la chapa de sus puertas

4. Abuso Emocional y Amenazas

El hecho de que solamente exista abuso emocional no es suficiente para calificar bajo la ley de orden de restricción. Sin embargo, un testimonio indicando las cosas control antes o los tiempos de acoso que el Demandante le ha hecho le puede ayudar al juez a entender su situación. Dígale al juez si el Demandante le hizo algo de lo siguiente:

  • Amenazado con cometer suicidio
  • Se ha llevado a los niños o amenaza con quitarle a los niños
  • La ha reportado a la Agencia de Servicios para Familias y Niños (SCF) o amenaza con reportarla
  • No la ha dejado obtener o mantener un trabajo
  • Le ha negado el acceso a dinero
  • Le dice de nombres y la maltrata con nombres crueles
  • Controla lo que usted hace o ve
  • Amenaza con lastimarla a usted o a su familia o amigos
  • Acosa a su familia o a sus amigos
  • Mató o amenaza con matar su mascota
  • Corta o amenaza con cortar todas las utilidades (gas, agua, teléfono etc.)
  • Daña o amenaza con dañar sus pertenencias

Otros Testigos

La gente que conoce su situación es muy importante para su caso. Trate de encontrar a las personas que tienen conocimiento personal de las cosas que necesita comprobar. El tener conocimiento personal quiere decir que esta gente vió o escuchó algo directamente. No pueden testificar de rumores o mentiras, o decir lo que otra gente le dijo (amenos que esa persona sea el Demandado). Ejemplos de buenos testigos personales incluyen:

  • Alguien que vió o escucho cuando ocurría el abuso
  • Alguien que vió sus heridas después del incidente de abuso
  • Alguien que la vió llorando y nerviosa después del incidente
  • Alguien a quien usted o el Demandado le dijo lo que paso (por razones legales, tal vez el juez no permita testimonio de lo que usted le dijo a otro testigo suyo, pero como se veía y cómo se oía después del incidente es algo que sí puede decir su testigo. Sus testigos siempre pueden testificar sobre lo que el Demandante les dijo, al igual de cómo se veía o como se oía.)

Es importante que traiga a las personas más creíbles que usted pueda. La gente que es neutral es la mejor evidencia (por ejemplo, la maestra de su niños, un vecino, o un compañero de trabajo). Traiga a cualquier persona que le ayude a entender al juez lo que sucedió (incluyendo una consejera de una casa de refugio que tenga información principal de su situación).

Asegúrese que usted sepa lo que sus testigos dirán cuando se les pida que den su declaración. No le puede pedir a sus testigos que mientan, pero si puede saber de antemano lo que van a decir. Si sus declaraciones dañarán su caso, no utilice a estos testigos. Tenga cuidado de usar testigos que tenga información negativa de usted, que tengan problemas de alcohol o drogas, o que tengan arrestos previos que el Demandante conoce.

Fotos de sus Heridas

Si tiene fotos de sus heridas alguien tendrá que testificar sobre el tiempo que fueron tomadas, quién las tomó, son fotos de que, y que si representan sus heridas justamente y claramente. Esta declaración puede venir por parte de usted o de otro testigo que estuvo presente cuando las fotos fueron tomadas. Luego usted tendrá que ofrecer esta evidencia a la corte como evidencia de prueba.

Ejemplo: "Su señoría, quisiera ofrecer estas fotos como exhibición de prueba."

Certificados Médicos

Trate de traer registros médicos si piensa que le ayudarían al juez. El juez puede aceptar o no los registros médicos como evidencia.

Grabaciones de Cassettes y Cartas o Tarjetas

Para comprobar que el Demandado le abusó, usted puede tocar grabaciones que tenga, o mostrarle al juez cartas o tarjetas en donde el Demandado la amenazó, o le pidió disculpas o admitió de haberla lastimado. Si quiere utilizar una grabación, necesita traer su propia grabadora a la corte para tocarlo.

Este tendrá que declarar que reconoce la voz que aparece en la grabación o las letras que aparecen en la cartas o tarjetas, y que la voz o el manuscrito pertenecen al Demandado. Explíquele a la corte que usted ha visto su letra y ha oído su voz muchas veces antes. Luego usted necesita ofrecer esto como evidencia de exhibición a la corte.

Ejemplo: "Su Señoría, quisiera ofrecer esta grabación como exhibición de evidencia."

Reportes de la Policía y Llamadas al 911

Para obtener reportes de la policía, llame al Departamento de Registros en la estación de policías u oficina del sheriff que atiende a su área. Pregunte que es el procedimiento para que le den registros de la policía.

¿COMO DEMOSTRAR PARA QUE A USTED SE LE CONCEDA LA CUSTODIA DE LOS NIÑOS?

Si el Demandado disputa las estipulaciones de custodia puestas en la orden de restricción, tendrá que explicarle al juez porqué debería usted seguir teniendo custodia (cuidado y control) de los niños. Necesita demostrar al juez que el poner los niños bajo su custodia es "para su propio bien." Para hacer esto, usted y sus testigos deben hablar sobre sus puntos fuertes como padre o madre y sobre sus preocupaciones sobre la habilidad del Demandado en poder cuidar de los niños adecuadamente. También, usted debe estar preparada para explicar cualquier cosa negativa sobre sus habilidades de madre que el Demandado diga en el momento de la audiencia. Al juez le interesa más ver cuál es el padre que se ha ocupado más de darles el cuidado diario a los niños, cuál padre es más responsable, y cuál padre puede brindarles un hogar seguro para los niños. Testimonios de parte de usted y de sus testigos relatando los siguientes temas deben ser de ayuda para el juez.

Los Lazos Emocianales Entre el Niño y el Padre y Otros Miembros de la Familia

Usted puede mostrar esto presentando testimonio sobre cual padre:

  • Tiene una relación más cercana al niño
  • El niño depende de el/ella para cuidado diario
  • Cuida de los niños durante el día
  • Acuesta a los niños para dormir en la noche
  • Le da de comer a los niños
  • Baña a los niños
  • Lleva a los niños al doctor o al dentista
  • Va a las juntas de maestras/padres
  • Ayuda al niño con sus tareas
  • Tiene otros miembros de la familia con los cuales el tiene una relación cercana

NOTE: El juez seguidamente tratará de mantener a los hermanos y hermanas juntos/tas si han estado viviendo juntos/tas en el pasado más reciente

La Actitud del Padre/Madre Hacia los Niños

El testimonio sobre los hechos siguientes pueden ser usados para mostrar la actitud hacia los niños:

  • Como muestra un padre su interés y preocupación por el niño
  • Como trata el padre al niño
  • La cantidad del tiempo que el padre está con el niño
  • Si uno de los dos padres ha abusado físicamente, sexualmente, o emocionalmente a los niños
  • Si uno de los dos padres ha alejado a los niños del otro o si los ha escondido del otro

El Historial Criminal del Padre/Abuso de Sustancias

La siguiente información relata sobre la habilidad física de que puedan tener custodia:

  • Infracciones de DUI (Manejando Bajo la Influencia)
  • Crímenes Violentos (asalto, acoso)
  • Ofensas de Drogas
  • Abuso de Niños

Abuso De Uno De Los Padres Al Otro

Evidencia de que un padre ha abusado del otro puede ser considerado por el juez. Esta evidencia puede incluir:

  • Abuso físico
  • Abuso verbal
  • Amenazas de abuso
  • Abuso emocional

La Estabilidad Emocional del Padre/Abuso De Sustancias

A la corte le interesará la evidencia de lo siguiente:

  • Enfermedad mental diagnosticada que interfiere con la habilidad de ser padre/madre
  • Problemas de drogas o alcohol
  • Falta de control, estallidos de carácter frecuentes, pérdida de temperamento

El Ambiente de Vida de Cada Padre

El testimonio sobre estos hechos le ayudará:

  • El lugar donde vive el padre/madre
  • Quienes más viven en la casa
  • Es un lugar seguro
  • Es un lugar limpio
  • Existen actividades ilegales de drogas en la casa

NOTE: Si usted no mantiene custodia de sus niños, debería estar preparada para pedir el tipo de tiempo de visita con los niños que usted quiere.

¿QUE NECESITA MOSTRA SOBRE SU TIEMPO DE VISITA DE  PADRES (VISTACIONES)?

Necesitará decirle al juez porqué el tiempo (visitas) estipulado en la orden de restricción deberían ser continuadas o cambiadas.

Existen tres tipos de tiempos de visita para padres:

Tiempo de Visita Normal

Algunas cortes del condado han desarrollado tiempo normal de visita. Póngase en contacto con su corte local para averiguar si las normas regulares son disponibles. Si su corte no tiene ningunas disponibles, vea a la lista que viene adjunto con este libreto.

NOTA: Estas normas son usadas por las cortes algunas veces como guía para determinar el tiempo de visitas para los padres. No siempre son apropiadas en casos donde la violencia doméstica está envuelta

Tiempo de Visitas Supervisados

Este tipo de tiempo de visita es usualmente apropiado cuando usted quiere que continúe la relación del padre con el hijo, pero el tiempo de visita sin ningún tipo de supervisión podría ser un peligro para los niños. Ejemplos donde la supervisión pueden ser apropiados incluyen:

  • El otro padre ha amenazado con quedarse o esconder a la niña/niño
  • El otro padre ha amenazado con lastimar a la niña/niño
  • El otro padre carece de habilidades de padre/madre o ha tenido muy poco contacto con los niños
  • El otro padre tiene historia de negligencia o abuso físico o sexual contra los niños
  • El otro padre deja a los niños pequeños sin supervisión de un adulto y descuida a los niños
  • El niño le tiene miedo al padre que lo visitas (Indicaciones de temor incluyen: llora cuando el niño ve al otro padre, pesadillas sobre el otro padre, o muestra resistencia tremenda de visitar al otro padre.)

Tiempo de Visita no Concedida

Este tipo de orden es escasamente dada pero se puede aplicar si el otro padre ha abusado al niño/niña física o sexualmente.

¿QUE MAS NECESITA SABER?

  • Trate de evitar traer a sus niños a la corte. Si tiene que traerlos, haga arreglos para que un pariente suyo o un amigo/a se quede afuera de la corte con sus niños. Seria buena idea que les traiga juguetes y una merienda.
  • No traiga cuchillos, pistolas, spray de defensa, o spray de pimienta (se usa para rociar a la gente en los ojos, causa ardor como de chile)
  • No traiga comida ni bebidas dentro del cuarto donde tomará lugar el caso
  • No mastique chicle en la sala
  • Traiga a amigos/gas, consejeras, y a familia con usted como apoyo, pero pídales que eviten hablar con el Demandado o con los testigos del Demandado
  • No traiga a nadie que pueda "enfrentarse" al Demandad
  • Pídale a la corte que ordene que el Demandado se quede en la sala por 15 minutos para permitir tiempo a que se vaya usted y sus testigos una vez que se halla terminado el caso
  • Si el Demandado quebranta la orden de restricción llame al 911
  • La orden de restricción solamente es una hoja de papel. No garantizara que usted esté segura. Probablemente usted tendrá que tomar otras medidas de seguridad para usted y su niños. Por favor, tome algunos minutos para repasar el plan de seguridad adjunto y piense en lo que puede hacer para asegurar la seguridad de su familia.
  • © 2002. Se anima la reproducción y traducción para su distribución GRATIS solamente.

     

     

    Last Reviewed On: 10/17/02
     
     

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