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Ausencias Injustificadas Y Asistencia A Clases
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¿Es obligación de los niños ir a la escuela?

Todos los niños entre 8 y 18 años deben ir a la escuela, a menos que:

  • Asistan a una escuela privada autorizada

  • Sean educados en casa  

  • Asistan a un centro educacional certificado dedicado a la enseñanza de aptitudes académicas básicas, o

  • El superintendente escolar los exima debido una incapacidad física o mental para asistir a la escuela.

Jóvenes de 16 años o más podrían ser eximidos de asistir a la escuela pública si:

  • Tienen un empleo regular y legal y el padre(madre) está de acuerdo con que el(la) niño(a) no asista a la escuela o el(la) niño(a) esta legalmente emancipado(a) 

  • Ya han cumplido con los requisitos de graduación, o

  • Han recibido un "certificado de competencia educacional" cumpliendo con ciertos requisitos, incluyendo la aprobación del GED (Diploma de Equivalencia).

No se exige que los niños de 6 o 7 años de edad estén inscritos en la escuela. Si un padre(madre) elige inscribirlo(a), el niño(a) debe asistir regularmente a menos que:

  • El distrito escolar exima temporalmente al estudiante 

  • El niño(a) sea oficialmente retirado de la inscripción antes de que se notifique formalmente una petición de ausencia injustificada, o

  • El niño(a) asista a la escuela para recibir servicios complementarios.

Un estudiante puede faltar a la escuela por una excusa válida, como enfermedad. Si no hay una razón válida, el distrito escolar puede entablar una demanda por ausencia injustificada contra el(la) niño(a) y sus padres.

¿Qué pasa si mi niño(a) está faltando a la escuela?

Antes de que el distrito escolar pueda entablar una demanda por ausencia injustificada, primero debe:

  • Notificar a los padres de las ausencias injustificadas del niño;

  • Programar una reunión con los padres después de las ausencias injustificadas;

  • Tomar medidas necesarias para eliminar o reducir las ausencias del niño.

¿Qué ocurre en una demanda por ausencias injustificadas?

En una demanda por ausencias injustificadas, el distrito escolar registra el caso en la corte. Si el distrito escolar entabla una demanda por ausencias injustificadas, deben probar en la audiencia de los hechos que:

  • El estudiante faltó todos los días que ellos alegan que faltó;

  • Las ausencias no fueron justificadas;

  • El distrito escolar ha tomado las medidas necesarias para eliminar o reducir las ausencias.

Es importante presentarse a todas las audiencias en la corte relacionadas con la ausencia injustificada. Usted podrá contar su versión de los hechos en estas audiencias y podrá disputar los alegatos que el distrito escolar haga contra usted o su niño(a). Usted tiene derecho a explicar por qué el niño(a) está faltando a la escuela y a dar su opinión sobre lo que piensa podría ayudar al(a) niño(a). También tiene derecho a demostrar cómo la escuela no tomó medidas que tuvieran el fin de mantener al(a) niño(a) en clases.

¿Puedo pedirle a la escuela que me ayude a que mi niño(a) asista?

La ley requiere que antes de interponer una demanda por ausencias injustificadas, la escuela debe tomar los pasos necesarios para eliminar o reducir las ausencias del estudiante. Esto significa que la escuela debe averiguar la razón por la que un estudiante no está asistiendo a clases y debe tratar de encontrar una solución.

Por ejemplo, si un niño(a) necesita educación especial debido a una discapacidad, el distrito escolar debe proveer la educación especial adecuada y otros servicios tales como orientación, terapia y servicios médicos (para diagnóstico o evaluación).

Otro ejemplo sería cuando un niño tiene miedo de asistir a la escuela debido a que otro niño lo está amenazando, acosando o intimidando. En estos casos, el distrito escolar debe tomar pasos para detener el acoso, tales como transferir al estudiante a otra escuela.

Si su niño(a) no está asistiendo a la escuela, es importante comunicarse con el director de la escuela o con uno de los maestros para solicitar ayuda con la asistencia del(a) niño(a). Si usted no hace nada, la escuela puede presentar una demanda por ausencia injustificada en la corte. Si los padres le piden ayuda a la escuela por problemas de asistencia, y la escuela no provee la ayuda solicitada, entonces los padres son los que pueden presentar una demanda por ausencia injustificada.

¿Qué puede hacer la corte?

Si el tribunal determina que usted o su niño(a) no ha asistido como corresponde a la escuela, podría ordenar que su niño(a) asista y controlará su asistencia. Si el niño no cumple las órdenes de la corte, se podría considerar al niño(a) o a los padres en desacato al tribunal (si se establece que no cumplieron con la orden).
En casos de desacato, el tribunal puede:

  • Multar a los padres $25 por día;
  • Ordenar que el niño realice horas de servicio comunitario;
  • Condenar al niño a detención bajo custodia en la cárcel de menores por un período de hasta 7 días cada vez.

Ni el niño ni los padres tienen derecho a un abogado en la audiencia de los hechos en un caso de ausencias injustificadas, pero el niño sí tiene derecho a un abogado si se le acusa de desacato al tribunal. Para contactar a un abogado gratis llame al tribunal local de menores (para una guía, visite www.courts.wa.gov).

¿Y si no puedo comunicarme con la escuela en inglés?

Si es práctico, las notificaciones para los padres deben estar en el idioma de ellos. Puede pedirle a un amigo o a un familiar que llame a la escuela y solicite una traducción oral. También debería solicitar un intérprete para que le acompañe a todas las reuniones y usted tiene derecho a un intérprete en todas las audiencias de la corte. No es su responsabilidad buscar o pagar por los servicios de un intérprete.

¿Dónde puedo conseguir ayuda?

Si tiene un problema con ausencias injustificadas o si tiene alguna consulta, puede llamar a:

  • Northwest Justice Project: 1-888-201-1014 (fuera del Condado de King)
  • Northwest Justice Project: (206) 464-1519 (Condado de King)

1134SP - Truancies and School Attendance (Spanish)

Esta publicación posee información general concerniente a sus derechos y responsabilidades. No es sustituto para ningún consejo legal. Esta información es vigente para la fecha de su impresión, julio del 2007.

© 2007 Northwest Justice Project - 1-888-201-1014, TTY 1-888-201-9737
(Permiso para reproducción y distribución otorgado a Alliance for Equal Justice y a individuos solamente para propósitos no comerciales)

Last Reviewed On: 08/02/07
 
 

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