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¿Debe Usted Manutención de Niños?
by: Northwest Justice Project
Introducción
Esta publicación es para padres que podrían adeudar manutención para sus hijos. Otras publicaciones contienen información sobre otros asuntos de la manutención de niños. Nuestra publicación titulada ¿Cómo Puedo Cobrar Manutención de Niños? contiene información general sobre la cobranza de dicha obligación. Nuestra publicación titulada Qué Hacer Sobre un Aviso de Suspensión de Licencia del DCS (División de Manutención de Niños) contiene información acerca de la suspensión de licencia propuesta en caso usted no haya pagado la manutención. También tenemos una publicación de información general sobre la manutención de niños que se llama Entendiendo la Tabla Estatal de Washington para Manutención y Cómo se Calcula la Manutención de Niños en Washington.
Todas estas publicaciones además de varios paquetes informativos de auto-ayuda se encuentran disponibles en www.washingtonlawhelp.org. Consulte con un abogado si tiene preguntas acerca de su situación sobre la manutención de niños. Si es una persona de bajos ingresos y vive fuera del Condado de King, llame a CLEAR por el 1-888-201-1014.
¿Cómo se calcula la manutención de niños?
La manutención de niños se basa en los ingresos netos de cada padre y el número de niños que necesitan manutención. Cada padre llena "hojas de cálculo" con información sobre su situación económica y los requerimientos de los niños. Luego, la información en la hoja de cálculo se aplica a una tabla de manutención. Esta tabla determina la cantidad básica de manutención en base a los ingresos de los padres y el número de niños. La tabla de manutención la puede obtener en:
Los pagos de manutención se pueden enviar al Registro de Manutención del Estado de Washington (Washington State Support Registry), PO. Box 45868, Olympia, WA 98504-5868. Esto asegura que sus pagos se acrediten correctamente. Los pagos hechos directamente al otro padre podrían no ser acreditados debidamente.
Pero si hace los pagos directamente al otro padre, o si usted y el otro padre han llegado a algún otro arreglo en cuanto a la manutención de los niños, debe mantener un registro por escrito de los pagos o un pacto con DCS para que se acrediten esos pagos.
¿Cómo me aseguro que se fije la cantidad de manutención correcta?
A. Casos judiciales
Un juez del Tribunal Superior determina la cantidad mensual de manutención que el padre que adeuda la manutención debe pagar. Usted debe ser notificado oficialmente si está involucrado en un caso en los tribunales. Los documentos que reciba indican cómo responder al tribunal y a la parte contraria (cónyuge/otro padre/estado). Debe responder debidamente a la documentación que reciba. Se le notificará de importantes fechas en las cuales se tomarán decisiones en el tribunal sobre la manutención y otros asuntos más. Debe comparecer y estar preparado para participar en un juicio o algún otro procedimiento judicial. Si no se presenta al tribunal, o no cumple con algún plazo, el juez podría otorgar a la parte contraria lo que pida sin participación suya. Si no responde a una acción de paternidad, podría ser designado como padre del niño. Si se le designa como padre del niño, se podría requerir que usted pague por:
- los gastos del nacimiento del niño
- costas del tribunal y de las pruebas de sangre
- manutención atrasada y actual
- gastos médicos del niño
B. Casos administrativos (DCS/Juez de Derecho Administrativo)
El Tribunal Superior no es el único sitio donde se puede fijar la manutención de niños. Si no hay una orden judicial que fije la manutención, la División de Manutención de Niños (DCS) podría fijarla. DCS podría enviar una Notificación y Resolución de Responsabilidad Financiera (NFFR) al padre responsable por la manutención (los hombres que han firmado declaraciones juradas reconociendo su paternidad podrían recibir un aviso distinto. Lea la sección abajo sobre paternidad). El NFFR indicará cuánto tiene que pagar de manutención al mes, además de los pagos atrasados adeudados, si los hay. DCS también enviará una tabla de manutención y hojas de cálculo si usted no está de acuerdo con el NFFR. Debe responder oportunamente siempre que se le notifique de un plazo para una apelación o de fechas para audiencias.
¿Y si no estoy de acuerdo con la suma de manutención fijada por DCS?
1. Envíe su objeción/petición para una audiencia a tiempo.
Si no está de acuerdo con la cantidad que DCS dice que debe en el NFFR, pida una audiencia (DCS le llama "procedimiento adjudicativo"). Junto con los documentos que reciba de DCS, se debería incluir un formulario titulado "Objeción - Petición para Prueba de Sangre o Procedimiento Adjudicativo". Indique sus motivos por los que quiere apelar en el espacio provisto en el formulario. Llévelo o envíelo por correo de regreso a la oficina de DCS que se lo envió (la dirección debería aparecer en la forma). Si no puede ubicar la dirección, envíe su apelación a:
Junta de Apelaciones de DSHS (DSHS Board of Appeals) P.O. Box 45803 Olympia, WA 98504-5803
Tiene 20 días desde el día en que reciba el NFFR para enviar su apelación (si el día 20 cae en fin de semana o festivo, tiene hasta el próximo día hábil). Si usted apela dentro de los 20 días, DCS no puede cobrarle manutención mientras la apelación está pendiente. Si presenta la apelación después de los 20 días, igual podrá obtener una audiencia pero DCS puede empezar a cobrarle inmediatamente la manutención. Si espera más de un año para solicitar una audiencia, tendrá que demostrar que tuvo buena razón para la demora. Asegúrese de guardar copia de todo lo que envíe a DCS.
2. Trate de resolver su disputa antes de la audiencia.
Considere tratar de resolver su disputa con DCS antes de la audiencia. Un Agente de Reclamaciones (Claims Officer) representará a DCS y podría aceptar una resolución que sea satisfactoria para usted, el otro padre y para el estado sin tener la audiencia. Si sus ingresos son distintos a los que dice DCS, enseñe al Agente de Reclamaciones sus propias hojas de cálculo con sus ingresos y gastos reales. Esté preparado comprobar sus ingresos.
3. Comparezca a la audiencia si no se ponen de acuerdo.
Debe asistir a la audiencia si usted y el Agente de Reclamaciones no se pueden poner de acuerdo en cómo resolver el caso. La audiencia la dirige un juez de derecho administrativo (ALJ). Este tipo de audiencias son menos formales que un procedimiento en los tribunales. Una audiencia telefónica tiene el mismo efecto legal que cuando el juez de derecho administrativo está presente en persona. El juez de derecho administrativo resolverá cuál es la cantidad de la manutención después de escuchar lo que usted, el otro padre, y el Agente de Reclamaciones tienen que decir.
Lleve por lo menos dos copias de cualquier documento que usted quiera que el juez de derecho administrativo considere. Si DCS alega que sus ingresos son mayores de lo que son, lleve copias de su declaración de impuestos, la forma W-2, talones de pago, y estados de cuenta del banco. El juez de derecho administrativo también puede tomar en cuenta la manutención que usted ya ha pagado por el niño. También debiera llevar recibos de ropa, cuentas médicas u otros gastos que haya pagado por el niño. Además, considere llevar a alguien que pueda servir de testigo con información útil sobre su capacidad para pagar manutención.
El juez de derecho administrativo debe usar la tabla estatal de manutención de niños para determinar la cantidad de manutención. Una vez que el juez de derecho administrativo calcula la cantidad básica de manutención, entonces puede fijar la cantidad a más o a menos (esto se llama "desviación") que la cantidad básica por ciertos motivos. Dichas razones se explican en la sección de Definiciones y Estándares de la tabla de manutención de niños. Ejemplo: cuando un padre es responsable por hijos de otra relación. Para una explicación más detallada de cómo se calcula la manutención, lea nuestra publicación Entendiendo la Tabla Estatal de Washington para Manutención y Cómo se Calcula la Manutención de Niños en Washington.
El juez de derecho administrativo redactará una Decisión Inicial después de la audiencia. Si usted está disconforme con la decisión del juez de derecho administrativo, tiene el derecho de apelar al tribunal superior.
¿Y si hay una disputa sobre quién es el padre del niño?
Las disputas sobre la paternidad de niños se resuelven en procedimientos de paternidad en el tribunal superior. El tribunal también puede tramitar asuntos de patria potestad (custodia), visitas y manutención.
Hay otra manera de establecer la paternidad sin la intervención del tribunal superior. Se puede establecer la paternidad si el padre firma un reconocimiento de paternidad y lo inscribe en el Departamento de Salud estatal. Si dicho reconocimiento se ha inscrito, DCS podría fijar una obligación de manutención contra el presunto padre sin entablar un caso de paternidad en el tribunal superior.
Una persona que ha firmado una admisión de paternidad podría después llegar a creer que no es el padre del niño. El impacto que la admisión de paternidad tenga en las obligaciones del presunto padre para con el niño va a depender de cuándo se inscribió el reconocimiento. Si el reconocimiento de paternidad se inscribió antes del 1º de julio de 1997, la persona puede responder a la notificación de manutención de DCS (llamada Notificación y Resolución de Responsabilidad Paterna (NFPR). Se efectuará una prueba de sangre para determinar si puede ser excluido como padre natural. Si la prueba de sangre resulta negativa, DCS no tomará ninguna otra acción. Si la prueba no lo excluye, el presunto padre puede pedir que DCS inicie una acción de paternidad en el tribunal superior. El inicio de una acción de paternidad en el tribunal superior le quita a DCS la autoridad para determinar la manutención y se la traspasa al tribunal.
Los reconocimientos de paternidad inscritos después del 1º de julio de 1997 son muy diferentes a los inscritos antes de esa fecha. El motivo es que el reconocimiento de la paternidad por parte de una persona se convierte en una obligación legal vinculante a menos que se retire oficialmente la admisión dentro del plazo de 60 días a contar de la fecha de inscripción. Si se retira el reconocimiento dentro de los 60 días de su inscripción, no vincula legalmente al firmante y solamente un tribunal superior podría establecer la paternidad. Sin embargo, una vez que pasan 60 días desde la fecha de inscripción, la admisión de paternidad se vuelve una obligación legal vinculante para el presunto padre a menos que se dispute exitosamente en un procedimiento judicial en base a fraude, coacción o error sustancial en los hechos.
Es difícil disputar exitosamente un reconocimiento de paternidad en el tribunal. No firme un reconocimiento de paternidad a menos que esté seguro de ser el padre del niño. De lo contrario, deje que el tribunal superior decida si usted es el padre o no. Si lo hace, podría estar en mejor posición para resolver asuntos de patria potestad (custodia), visitas y manutención.
¿Cómo se calcula la manutención para los padres de bajos ingresos?
Si su ingreso neto mensual es menor al 125% de la escala federal de pobreza, se le cobrará una cantidad mínima de $50 por niño al mes. Los jueces o DCS pueden "desviarse" o modificar esa cantidad si deciden que sería injusto calcular la manutención al nivel más bajo.
Este es un lugar donde se puede encontrar la versión más reciente de la escala federal de pobreza ¿Cuánto se puede sacar de mis ingresos para pagar la manutención?
DCS puede sacar hasta el 50% de sus ingresos netos mensuales para cobrar pagos de manutención actual y atrasados. Si su obligación actual de manutención es más del 50% de sus ingresos netos, DCS está limitado a cobrar hasta el 50%. Si usted está recibiendo prestaciones sociales que no sean en base a requerimientos como, por ejemplo, Compensación por Desempleo, Aseguranza de Discapacidad por Seguridad Social, o Compensación de Trabajadores, DCS puede sacar hasta un 50% de ese pago mensual.
Si usted recibe pagos por discapacidad de Seguridad Social o Labor e Industrias, esas agencias deberían estar pagando manutención adicional a sus hijos. Dichos pagos deberían acreditarse a una obligación actual de manutención. Si tiene preguntas, hable con la persona de DCS encargada de su caso, que se llama Agente de Cumplimiento de Manutención (SEO). El SEO asignado a su caso puede decirle cómo recibir crédito por esos pagos de discapacidad, y cómo iniciarlos si no se están haciendo.
DCS no puede cobrar manutención del SSI o de la asistencia social que reciba (TANF, GAU, Asistencia para Refugiados). Sin embargo, el monto de manutención atrasada aumentará cada mes si no paga la manutención. Si está recibiendo SSI o asistencia social y los pagos de manutención se basan en ingresos mucho más altos, considere presentar una acción de modificación para cambiar la cantidad de manutención. También podría reducir o incluso eliminar pagos atrasados que adeude.
¿Puedo cambiar mi obligación de manutención?
Se puede cambiar una obligación mensual de manutención con una "Petición de Modificación". El cambio en la manutención no se aplica a pagos atrasados. La "Petición de Modificación" sólo afecta futuros pagos de manutención y no los anteriores.
Si la manutención se fijó por orden judicial: debe regresar al tribunal para modificar la manutención. Nuestro paquete informativo Cómo Presentar una Petición para Modificar su Orden de Manutención para Niños, que se encuentra en www.washingtonlawhelp.org, contiene formas e instrucciones para hacerlo. O puede usar la siguiente publicación de DCS: Cómo Obtener o Modificar una Orden de Manutención para Niños Por Su Cuenta.
Si la manutención se fijó por resolución de DCS o del Juez de Derecho Administrativo: se puede cambiar ya sea pidiéndole a DCS que revise su orden actual o puede simplemente presentar una "Petición para Modificación" con DCS. DCS tiene información en su página web sobre cómo hacer ambos, pedir la revisión y presentar la petición de modificación.
Para modificar una orden de manutención, el juez necesita saber cómo han cambiado las circunstancias desde que se fijara la primera obligación de manutención. Algunos ejemplos: un largo período de desempleo, responsabilidad por niños adicionales ya sea por nacimiento o por matrimonio, o haberse discapacitado.
DCS tiene el deber de ayudarle a modificar su manutención si las circunstancias han cambiado. El monto de manutención también podría ser aumentado si aumentan sus ingresos. DCS o el otro padre puede pedir que aumente la manutención si los ingresos del padre que paga aumentan.
¿Hay alguna manera de reducir la cantidad que se cobra de mis ingresos?
En ciertos casos, DCS puede reducir la cantidad de manutención que se saca de su sueldo si el cobro del 50% de su ingreso mensual causa penuria. DCS también puede reducir la cantidad que se saca mensualmente de sus ingresos por los pagos atrasados adeudados al estado. Debe poder demostrar cómo la deducción del 50% de sus ingresos mensuales causa a usted o a su familia penuria. Esto lo puede probar demostrando que el dinero que sobra después de pagar la manutención no alcanza para sus requerimientos básicos.
Si usted participa en el programa Workfirst, debe firmar una renuncia a la Ley de Prescripción para que se reduzcan los pagos de la manutención atrasada. También puede limitar la manutención atrasada si sus niños están bajo su cuidado en la actualidad. Además de reducir los pagos mensuales, también puede pedirle al estado que condone o reduzca parte de la manutención atrasada que adeude al estado. Deberá tener conocimiento de la Ley de Prescripción y la Junta de Conferencia si desea reducir los pagos mensuales o manutención atrasada.
1. Ley de Prescripción
La Ley de Prescripción es esencialmente un límite legal de tiempo. En órdenes de manutención firmadas por un juez o fijadas por DCS el 23 de julio de 1989 o después de esa fecha, la Ley de Prescripción otorga a DCS diez años, a partir de la fecha en que el menor de los niños nombrado en la orden cumpla 18 años de edad, para cobrar manutención impaga. Manutención atrasada que DCS no cobre para cuando el menor de los niños cumpla 28 años de edad no se cobrará. Si la orden de manutención es de antes del 23 de julio de 1989, la Ley de Prescripción es seis años después que la cantidad debía pagarse si la orden se formalizó en 1980 o antes, y diez años si la orden se formalizó después de 1980.
A veces DCS pide a los padres que deben manutención de niños que firmen un formulario que se llama Renuncia a Defensa/Ley de Prescripción. Firmar el formulario significa renunciar al límite. Firmar el formulario permite que DCS cobre la manutención impaga indefinidamente. Si usted es una persona de bajos ingresos y adeuda una gran cantidad de manutención atrasada, considere firmar el formulario de renuncia. A cambio de su firma, podría recibir pagos mensuales más bajos. Pagos mensuales más bajos significan alivio actual de lo que se le está cobrando además de más tiempo para pagar la manutención atrasada. Cada caso es distinto. Asegúrese de saber exactamente qué es lo que DCS está pactando hacer antes de firmar la renuncia. No firme la renuncia sin antes negociar con DCS.
2. Junta de Conferencia
Si usted tiene algún problema de manutención con DCS o alguna queja, puede solicitar una Junta de Conferencia (DCS tiene su propia publicación sobre la Junta de Conferencia en su página web. Es principalmente para pagadores que han perdido su trabajo, pero podría servirle de ayuda a usted también). La Junta de Conferencia esta compuesta por personal de DCS. Usted puede presentarse ante la Junta de Conferencia y pedir el recurso de ayuda que requiera. La decisión de la Junta de Conferencia no es lo mismo que la resolución de una audiencia y no se puede apelar.
La Junta de Conferencia puede decidir aceptar un pago único parcial en vez de cobrar toda la manutención atrasada adeudada al estado. A veces, la manutención atrasada que se adeuda al estado podría no tener que pagarse si hacerlo causaría penurias a usted o a los niños que vivan con usted. Si usted pide una "condonación por penurias sustanciales", DCS debiera considerar:
- Cuánto ha pagado ya
- Sus deudas y bienes actuales
- Sus ingresos
- Si es que no puede trabajar
- Si seguir cobrando manutención impaga le causaría graves penurias económicas.
¿Y si no estoy de acuerdo con un Aviso de Deuda de Manutención (NSD)?
DCS podría enviarle un Aviso de Deuda de Manutención (NSD). El Aviso podría decir que usted debe manutención acumulada conforme a una orden judicial que establece una cantidad fija mensual de manutención. Si usted no está de acuerdo con lo que DCS dice que debe en el NSD, probablemente tendrá que ir al tribunal para hacer que la orden se cambie. DCS podría darle crédito por pagos que usted pueda comprobar haber hecho. Pero DCS no puede ignorar o cambiar la cantidad de manutención ordenada por el tribunal. A veces, DCS puede decidir no cobrar la manutención ordenada por el tribunal. Si usted disputa el NSD, puede pedir una Junta de Conferencia, o puede pedir una modificación (leer arriba).
¿Y si no estoy de acuerdo con un Aviso de Manutención Adeudada (NOSO)?
DCS usa el Aviso de Manutención Adeudada (NOSO) para fijar la obligación de manutención mensual. DCS usa el NOSO cuando un tribunal ordena manutención sin establecer una suma fija. Si usted no está de acuerdo con la cantidad propuesta, debe pedir una audiencia administrativa, o programar una audiencia en el tribunal, y notificar a DCS dentro del plazo de 20 días. Pero primero trate de resolver la cantidad con el Agente de Cumplimiento de Manutención (SEO) asignado a su caso. Envíe al SEO sus documentos y hojas de cálculo de manutención para demostrar la cantidad correcta que debe. En la audiencia, deberá demostrar por qué las cifras de DCS están equivocadas.
¿Y si sacan la manutención de mi salario pero no lo envían a DCS?
Pida al Agente de Cumplimiento de Manutención (SEO) asignado a su caso que inicie una acción contra su empleador. DCS puede exigir que la manutención se deduzca de su sueldo y se envíe a DCS. Si su SEO no toma acción contra su empleador, pida por escrito que DCS trate de cobrar este dinero. Si esto no da resultado, escriba o pida hablar con el supervisor de su SEO. Envíe copia de sus talones de pago indicando la suma retenida. Quédese con una copia de los talones que envíe.
¿Cómo puedo comunicarme con DCS?
Revise la guía telefónica para contactar a DCS. Todas las guías telefónicas de Washington contienen el número de la oficina de DCS en su área. Busque en las Páginas Azules bajo el listado del Estado de Washington por la Oficina de Cumplimiento de Manutención de Niños (Child Support Enforcement Office). O busque bajo Servicios Sociales y de Salud (Social and Health Services) por Cumplimiento de Manutención (Support Enforcement). El directorio debiera listar un teléfono para llamadas gratuitas si la oficina está fuera de su área.
¿Qué derechos tengo para servicios de interpretación y traducción?
Usted tiene derecho a un intérprete si no habla o entiende el inglés. Usted tiene éste derecho en todos los procedimientos legales iniciados por DCS, un fiscal, o algún otro organismo gubernamental. Para procedimientos legales no iniciados por DCS, un fiscal, o algún otro organismo gubernamental, es posible que usted mismo tenga que pagar por el intérprete.
Sin embargo, usted no debiera tener que pagar por el intérprete si requiere uno debido a alguna discapacidad. Si usted o sus testigos no pueden entender o comunicarse verbalmente fácilmente debido a algún impedimento auditivo o del habla, tiene(n) derecho a un intérprete. El intérprete se asigna y se paga para procedimientos civiles y penales.
Si usted piensa que el intérprete no está haciendo un buen trabajo, usted tiene el derecho de pedir otro intérprete.
DCS debe proporcionar un intérprete si usted no se puede comunicar muy bien en inglés. Pida un intérprete todas las veces que hable con DCS. También pida traducciones de todas las formas. Se debe proporcionar el intérprete sin demora. No firme ningún documento ni haga ningún acuerdo por escrito a menos que entienda el documento o el acuerdo.
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This publication provides general information concerning your rights and responsibilities. It is not intended as a substitute for specific legal advice. This information is current as of the date of its printing, March 2010.
© 2010 Northwest Justice Project. 1-888-201-1014 (Permission for copying and distribution granted to the Alliance for Equal Justice and individuals for non-commercial use only.)
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