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Cambios en la Ley de Quiebras que Afectan a las Personas de Bajos Ingresos
by: Northwest Justice Project

Necesito declararme en bancarrota o en quiebra pero escuche acerca de una nueva ley que puede afectar mis derechos. ¿De qué se trata esta ley?

 

La nueva ley federal entró en vigencia el 17 de Octubre de 2005 y efectúa muchos cambios en la ley de quiebras. Aquí se explican sólo algunos. Ciertos cambios son más importantes para personas de bajos ingresos. Hay otros cambios que son más importantes para personas de ingresos más altos. 

 

Soy una persona de bajos ingresos. ¿De qué manera cambia mis derechos en una bancarrota o en una quiebra esta nueva ley?

 

Los abogados especialistas en quiebras están viendo que, en especial para personas de bajos ingresos, la quiebra es aún una opción viable. El mayor cambio en la ley es la "prueba de medios". La prueba de medios se utiliza cuando los ingresos mensuales de un Deudor son mayor al ingreso medio del estado donde reside el Deudor. Si el ingreso anual de un Deudor está por sobre el ingreso medio, entonces sus gastos serán los gastos permitidos según la prueba de medios, y no necesariamente sus gastos reales. La mayoría de las personas de bajos ingresos se encuentran por debajo de las cifras de ingresos medios y no tienen que pasar por la prueba de medios.

El ingreso medio aproximado de una familia de 4 personas en Washington es, en la actualidad,  $73,259 dólares. El ingreso medio para una persona es de $43,891 dólares. Si su ingreso anual es menor que esa cantidad, usted no tendrá que pasar por la prueba de medios. El ingreso medio se calcula sacando el promedio de sus ingresos de los últimos seis meses (de todas las fuentes, excepto ingresos de Seguridad Social) y luego se multiplica por 12 ese ingreso mensual promedio.

La prueba de medios identifica a los Deudores que pueden pagar algo de dinero a sus acreedores. Estas personas no podrán declarase en bancarrota o quiebra según el "Capítulo 7" para descargar sus deudas, sino que tendrán que presentar un plan de cinco años según el "Capítulo 13" para pagarle a sus acreedores.

¿Hay otros cambios que me afecten?

 

Otros cambios en la ley de quiebras que pueden afectar a las personas de bajos ingresos son:

Tiempo Entre los Descargos de Deudas: El tiempo entre los descargos de las deudas por una bancarrota o quiebra para Deudores conforme al Capítulo 7 ha aumentado de seis a ocho años que corren desde el momento que se interpuso el último Capítulo 7. Una quiebra conforme al Capítulo 13 será denegada cuando el Deudor ha recibido una descarga bajo el Capítulo 7 dentro de los últimos 4 años, o ha recibido una descarga al amparo de un Capítulo 13 previo que halla sido interpuesto en los últimos 2 años.

Orientación Financiera: Todos los Deudores deben tomar un curso aprobado de orientación financiera antes de presentar la quiebra. El certificado de orientación es válido por 180 días una vez que el Deudor lo haya obtenido. Si la quiebra se presenta sin que el curso se haya realizado, es casi seguro que el caso será desestimado.

Educación financiera: Después de presentar el caso de la quiebra y antes de que el Deudor reciba su descarga, el Deudor debe asistir a una clase de administración  financiera. La clase se puede tomar en persona o en línea.

Diezmos: Hasta el 15% de los ingresos del Deudor pueden darse en caridad.

Pensión Alimenticia para Niños y Cónyuges: Estas deudas reciben una prioridad más alta. La suspensión automática de las deudas no se aplica al pago de una deuda de manutención familiar de las posesiones que no sean parte del patrimonio, o al cumplimiento de una orden de retención de salario conforme a una orden judicial o administrativa o conforme a alguna ley, incluyendo las obligaciones que se adeuden tanto antes como después de haber presentado la quiebra.

Además, se les pagará primero a los demandantes de la pensión alimenticia para los niños y los cónyuges (manutención) antes que cualquier otro acreedor, con excepción del Síndico de Quiebras, si es que hay dinero en el patrimonio en quiebra.

Liquidación de Deudas Pactadas Extrajudicialmente sobre las Pertenencias: Estas deudas ahora pasan automáticamente a no poder descargarse por los Capítulos 7 y 11, aún cuando no estén relacionadas con la pensión alimenticia para niños o la conyugal. Pero estas deudas aún se pueden descargar conforme al Capítulo 13.

Un ejemplo de este tipo de deudas se daría cuando, en un caso de divorcio o separación, uno de los cónyuges queda en pagar toda la deuda de la tarjeta de crédito, o parte de ella, y luego ese esposo(a), se declara en quiebra. Esa deuda, en un Capítulo 7 u 11, ya no podrá ser descargada.

Prueba de Ingresos: Los Deudores de los Capítulos 7 y 13 deben entregarle al Síndico, al menos 7 días antes de la reunión con los acreedores, una copia o transcripción de sus declaraciones de impuestos más recientes y todos los talones de pago [u otra prueba de ingresos] que hayan sido recibidos por el Deudor en los 60 días previos a la presentación de la quiebra. De otro modo, el caso será desestimado.

Alcance del Descargo de Deudas: Ciertas deudas serán más difíciles de liquidar: las deudas por artículos de lujo de más de $500 dólares, realizadas dentro de los 90 días previos a la declaración de quiebra, y los adelantos en efectivo de $750 dólares realizados dentro de los 70 días previos a la quiebra. Muchas de las deudas que antes podían ser descargadas al amparo del Capítulo 13 pero no del Capítulo 7 (llamadas "superdescarga"), ya no podrán ser descargadas. Por ejemplo, si un acreedor puede demostrar falseamiento o fraude de parte del Deudor, esa deuda ya no podrá ser descargada, ni por el Capítulo 7 o el Capítulo 13. 

Exención del Costo de la Presentación de la Quiebra: Esta exoneración está disponible para Deudores cuyos ingresos son iguales o menores al 150% del Índice de Pobreza Federal (FPL, en inglés), y que no pueden pagar el costo de la presentación de la solicitud de declaración de quiebra en cuotas.

 

Personas en un Grupo Familiar

150% FPL

Anual

1

$14,355.60

2

$19,245.60

3

$24,135.60

4

$29,025.60

5

$33,915.60

6

$38,805.60

7

$43,695.60

8

$48,585.60

Por cada persona adicional, agregar

$4,890.00

 

 

Exenciones Estatales: Los Deudores no podrán acogerse a las exenciones del estado de  Washington a menos que hayan vivido aquí por al menos dos años antes de presentar la solicitud de quiebra. Si un Deudor se ha cambiado durante este periodo de dos años, las exenciones estatales corresponden al estado en el cual el Deudor ha vivido la mayoría del tiempo en los seis meses previos a este periodo de dos años. No obstante, al Deudor se le permitirá eximir propiedad bajo las exenciones federales o las exenciones del estado que sea relevante en todos los casos. A ningún Deudor le serán negadas todas las exenciones debido a que no haya vivido en un lugar el tiempo suficiente.

Hay algunas exenciones nuevas que son favorables para los Deudores: hasta ciertos límites, se encuentran excluidos del patrimonio de la quiebra [el Síndico no puede liquidarlos] los dineros mantenidos en  Cuentas Individuales de Jubilación (IRAs, en inglés) para la educación y ciertos programas aprobados de tuición universitaria prepagada, para dinero depositado en dichas cuentas con anterioridad a 365 días de la fecha en que se presenta la solicitud de quiebra.

La mayoría de los Deudores del Capítulo 7 se quedan con todos sus bienes o activos, porque la mayoría de los Deudores no tienen activos con un valor de liquidación lo suficientemente alto para no ser eximidos. 

Vehículos: Los Deudores de un Capítulo 13 ya no pueden reducir (o "despojar") los derechos de retención de un vehículo hasta el valor del vehículo, si fue comprado dentro de dos años y medio antes de presentarse la quiebra. Sin embargo, los Deudores generalmente pueden quedarse con sus vehículos después de la quiebra. Si existe un derecho de retención contra el vehículo por parte del prestamista, el Deudor deberá continuar haciendo los pagos, si es que desea quedarse con el carro. El Síndico de Quiebras no venderá el carro, si se usan exenciones de Washington, a menos que exista un valor capital a favor [valor del carro por sobre el monto de la deuda existente por dicho carro] de más de $2,500 dólares en el carro. Conforme a las exenciones de Washington, cada Deudor en un caso conjunto recibe la exención de $2,500 dólares.

Préstamos de Carros: Bajo la nueva ley, los Deudores se encuentran cada vez más presionados a "reafirmar" los préstamos garantizados por los derechos de retención sobre el vehículo, si es que quieren quedarse con sus carros. Si fuera posible, los Deudores deberían consultar a un abogado de quiebras antes de decidir reafirmar o no dicha deuda. Una posible consecuencia de no reafirmar la deuda, es que el acreedor podría recuperar la posesión del vehículo.

Desalojos: En general, los Deudores pueden conseguir que las acciones legales en su contra sean "suspendidas" (detenidas temporalmente). La nueva ley cambia eso para los propietarios que están tratando de desalojar a los inquilinos:

(1)        Cuando un propietario obtiene una resolución judicial de posesión antes que se presente la quiebra, el desalojo puede continuar; y

(2)        Si el propietario puede demostrar que la propiedad está "en peligro" o que hubo "uso ilegal de substancias reguladas" en la propiedad en los treinta días previos a la presentación de la quiebra, el propietario puede seguir adelante con el desalojo.

Préstamos Estudiantiles: En ausencia de excesivas dificultades, los préstamos estudiantiles no se pueden descargar, sin importar quién sea el prestamista. Esto incluye los préstamos de organizaciones no gubernamentales y con fines de lucro. Nuevos precedentes hacen que las "excesivas dificultades" sean un poco más fáciles de probar, ya que los Deudores no necesitan demostrar circunstancias excepcionales.

Amparo de Suspensión: La nueva ley limita la aplicación de la suspensión o previene que se haga efectiva, en ciertas circunstancias, donde existen sucesivas presentaciones de quiebra. Es decir, si uno o más casos de bancarrota o quiebra de un Deudor han sido desestimados en los doce meses previos a la presentación de un nuevo caso, puede que no exista una suspensión, o que sea muy limitada, para proteger al Deudor, a menos que los Tribunales estén convencidos de extender la suspensión.

Siempre debiera consultar a un abogado de quiebras antes de presentar cualquier tipo de solicitud de bancarrota o de quiebra. Lo anterior es sólo una breve guía general.

0103SP

 

Esta publicación contiene información general sobre sus derechos y responsabilidades.  No es su intención sustituir asesoría legal específica.  La información esta vigente a la fecha de su impresión, agosto de 2006.

 

© 2006 Northwest Justice Project — 1-888-201-1014, TTY 1-888-201-9737

(Se autoriza su reproducción y distribución a Washington State Alliance for Equal Justice y a personas particulares, sólo con fines no comerciales.)

Last Reviewed On: 08/10/06
 
 

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