NOTA: Efectivo desde 1/4/03 los programas de Cupones de comida y Ayuda Alimentaria son conocidos como Programa de Alimento Básico de Washington o Alimento Básico.
HOGARES: Alimento Básico es otorgado a "hogares." Un hogar puede ser una persona que vive sola o un grupo de personas viviendo juntas, que compran los alimentos y/o preparan los alimentos juntas. No tienen que estar emparentados. Un hogar no tiene que tener una casa, una estufa, hornilla u otros implementos de cocina.
CiudadanIA/ Condición de Extranjero para ALIMENTO BÁSICO CON FINANCIAMIENTO federaL o ESTATAL: Para obtener Alimento Básico, una persona debe ser ya sea 1) un ciudadano de los Estados Unidos ó 2) un ciudadano nacionalizado en los Estados Unidos ó 3) un "inmigrante calificado".
NOTA: Las personas que no califican para recibir Alimento Básico con financiamiento federal debido a su estatus en U.S.A. pueden calificar para Alimento Básico financiado por el estado. Para más información sobre esto y sobre "inmigrante calificado", vea nuestro folleto "Asistencia Pública para Clientes Inmigrantes".
NÚMERO DE SEGURO SOCIAL: Para recibir Alimento Básico debe mostrar que tiene un número de Seguro Social o que ha hecho solicitud para obtener uno. Cuando usted solicita un número en la Administración del Seguro Social, esa oficina le dará un recibo para que le muestre a DSHS que usted ha hecho solicitud. DSHS no le negará o retrasará sus cupones de comida mientras está esperando a que le den su número de seguro social.
INGRESOS: DSHS va a considerar el ingreso mensual total del hogar proveniente de todas las fuentes, para decidir si califica para alimento Básico. Algunos ingresos no se tomarán en cuenta, tales como los ingresos de un estudiante hasta la edad de 17 años, los pagos de crédito por los impuestos sobre salarios devengados, los pagos de ayuda para energía eléctrica, los préstamos legítimos y la mayoría de los tipos de asistencia financiera para estudiantes.
Si sus ingresos contables están dentro de las pautas permitidas, DSHS deducirá de sus ingresos, algunos de sus gastos para determinar cuánto Alimento Básico recibirá usted. Las deducciones pueden incluir una deducción estándar por cada hogar, una parte de los costos de albergue, ciertos gastos médicos, pagos obligados legalmente para el cuidado de niños, una porción de los costos para el cuidado de un dependiente y una deducción de un 20% del salario bruto devengado.
RECURSOS: Los recursos son cosas que usted posee tales como dinero en el banco, vehículos, o propiedad inmueble. Para que DSHS cuente el valor de un recurso, usted debe de tener el título o estar legalmente capacitado para venderlo por dinero en efectivo. DSHS cuenta algunos recursos pero no otros. Por ejemplo, DSHS no contará la casa donde vive y la propiedad que la rodea, artículos personales y los bienes muebles pertenecientes al hogar familiar. Pero DSHS contará recursos tales como la liquidación de una póliza de seguros, los reembolsos de depósitos para daños y los reintegros de impuestos sobre la renta pero excluye el Crédito por Impuestos a Salarios Devengados.
El valor de algunos vehículos se excluye totalmente si el vehículo se usa para transportar a una persona incapacitada físicamente, si es usado como un hogar, etc. Para otros vehículos, DSHS contará el valor más alto entre el valor justo en el mercado (por lo que lo puede vender) y el valor líquido (valor justo en el mercado menos lo que todavía debe) que sea más de $4,650. Si su vehículo vale menos de $4,650, DSHS no lo contará para nada.
Para que su hogar califique para Alimento Básico, todos sus recursos contables juntos pueden valer $3,000 si su hogar tiene una persona de 60 años o mayor. Todos los demás hogares pueden tener hasta $2,000 en recursos contables.
REQUISITOS DE TRABAJO: A la mayoría de las personas que solicitan Alimento Básico se les requiere que se registren para trabajar y se les puede requerir que participen en actividades de empleo y capacitación. Esto aplica a adultos sanos de 18 a 49 años y sin dependientes y a otras personas de 16 a 59 años y que tienen dependientes. Algunas personas están exentas para trabajar y para actividades de empleo y capacitación. Ejemplos son las personas físicamente o mentalmente incapacitadas para trabajar, que están cuidando a un hijo dependiente menor de 6 años o a una persona incapacitada, participando en el programa "WorkFirst" o participando en un tratamiento de drogas o alcoholismo y rehabilitación. DSHS determinará quien está exento.
PERIODO DE IDONEIDAD: Los hogares que califican para Alimento Básico lo reciben por una cantidad fija de meses conocida como período de certificación. Algunos hogares pueden ser certificados de nuevo por meses adicionales si permanecen elegibles. Un hogar que califique recibirá una Tarjeta Electrónica de Beneficios (EBT) para comprar comida. Las familias deberán informar inmediatamente cualquier cambio, por ejemplo, ingresos, recursos, miembros del hogar. Si un hogar no califica para Alimento Básico, puede hacer otra solicitud meses más tarde cuando la razón por la cual se lo negaron haya cambiado.
AUDIENCIAS IMPARCIALES: Si le niegan o le terminan el beneficio de Alimento Básico, puede pedir una audiencia imparcial escribiendo a: Office of Administrative Hearings, (OAH) P.O. Box 42489, Olympia, WA 98504 o llamando OAH al (360) 664-8717 o 1-800-583-8271, o haciendo una solicitud en su oficina local de DSHS. Usted puede llamar la línea de admisión de CLEAR 1-888-201-1014 para que le den consejo o para obtener una copia del folleto "Cómo representarse a usted mismo en una Audiencia Imparcial", también disponible en nuestro website por el www.washingtonlawhelp.org o poniéndose en contacto con las oficinas locales de servicios legales.