Skip to main content
Washington LawHelp
 
Helping Low-income People Find Solutions to Civil Legal Problems
 
 
 
 
  Search
   Need Help with Your Search?
Find Legal Help On Health care assistance (Medicaid, Medicare, Charity Care)
Related Resources
How to Present a Charity Care Defense to a Lawsuit for Hospital Debt Collection
By: Northwest Justice Project
Applying for Public Assistance
By: Northwest Justice Project
DSHS Help for People with Disabilities: Necessary Supplemental Accomodations
By: Northwest Justice Project
more...
Como Representarse A Usted Mismo En Una Audiencia Imparcial
by: Northwest Justice Project

Introducción

Si usted no está de acuerdo con alguna decisión, verbal o escrita, del Departamento de Salud y Bienestar Social (DSHS, en inglés), usted tiene el derecho de apelar esa decisión pidiendo una audiencia imparcial. Código Administrativo WAC 388-02-0085. Por ejemplo, cuando DSHS niega su solicitud,  reduce o termina cualquier tipo de asistencia pública, incluyendo dinero en efectivo, Comida Básica (anteriormente estampillas para comida) o asistencia médica, o dice que le están imponiendo alguna sanción, o alega que usted ha recibido un sobrepago de asistencia pública, usted puede pedir una audiencia imparcial.

Esta publicación le informa sobre:

  1. los plazos para solicitar una audiencia imparcial,
  2. cómo pedir la audiencia imparcial,
  3. cómo prepararse para su audiencia, y
  4. qué esperar en la audiencia y después de la audiencia.

Si tiene dificultad para hablar o comprender el inglés o si no puede comunicarse oralmente, usted tiene derecho a un intérprete calificado e imparcial sin costo para usted. Código Administrativo WAC 388-02-0120. Para pedir un intérprete, puede decírselo al Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS o puede llamar a  la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of Administrative Hearings, o OAH, en inglés) al (360) 664-8717 o al 1-800-583-8271 para hacerles saber que necesita un intérprete. Usted tiene derecho a recibir notificaciones sobre su audiencia en su idioma principal. Código Administrativo WAC 388-02-0130. Además, si en cualquier momento durante la audiencia usted piensa que el intérprete no está haciendo un buen trabajo, le puede pedir al Juez de Ley Administrativa que le asigne otro intérprete.

¿Cuál es el plazo límite para pedir una audiencia imparcial?

DSHS tiene que darle una notificación por escrito si planea negar, reducir o terminar sus beneficios de asistencia pública. Código Administrativo WAC 388-458-0002. La notificación debe informarle qué medidas está tomando DSHS y cuáles son las reglas que están usando para respaldar su decisión.

NOTA: Usted puede solicitar una audiencia imparcial en cualquier momento dentro del plazo de 90 días a partir de la fecha de la notificación.

Si está recibiendo asistencia pública y solicita una audiencia imparcial dentro del plazo de 10 días a partir de la fecha en la notificación, o antes de la fecha en que la medida propuesta entre en efecto, DSHS debe continuar su asistencia pública hasta que un Juez de Ley Administrativa tome una decisión en su caso. Asimismo, si DSHS suspende su asistencia pública sin notificarle por escrito, usted puede solicitar una audiencia imparcial para pedir que su asistencia continúe.

Sin embargo, DSHS puede parar su asistencia de Comida Básica aún cuando usted haya pedido una audiencia, si su período de certificación para la asistencia de Comida Básica ha terminado. Código Administrativo WAC 388-458-0040(5)(c).

Si DSHS está terminando o reduciendo sus beneficios, cualquier asistencia que usted siga recibiendo podría convertirse en un sobrepago, es decir, usted le estaría debiendo a DSHS si pierde en su audiencia imparcial. Código Administrativo WAC 388-458-0040(6). Sin embargo, sólo se le hará responsable de devolver hasta un máximo de 60 días del valor de la asistencia que siguió recibiendo. Código Administrativo WAC 388-410-0001(1)(b).

¿Cómo pido una audiencia imparcial?

Petición Escrita: Usted puede pedir una audiencia imparcial escribiendo a la Oficina de Audiencias Administrativas (Office of  Administrative Hearings), P.O. Box 42488, Olympia, WA 98504. Código Administrativo WAC 388-02-0100. Si es una emergencia, puede pedir que su audiencia sea lo más pronto posible llamando a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) al (360) 664-8717 o al 1-800-583-8271. Esto se llama una audiencia "acelerada". También puede solicitar una audiencia imparcial por medio del Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS.

Petición Oral: También puede solicitar una audiencia imparcial verbalmente llamando a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) o diciéndoselo al Coordinador de Audiencias Imparciales en su oficina local de DSHS o a algún otro empleado de DSHS. DSHS puede pedirle que confirme y ponga por escrito su pedido.

Después que usted solicite la audiencia imparcial, la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) le enviará  una "Notificación de Audiencia" que le indicará la fecha, la hora, y el lugar de la audiencia. Si la notificación le dice que la audiencia será por teléfono pero usted quiere tenerla en persona, debe llamar a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH) al número que aparece en la notificación para pedir una audiencia en persona tan pronto reciba su notificación. Por lo general, es mejor tener una audiencia en persona. Usted tiene derecho a que su audiencia se lleve a cabo en la oficina local de DSHS.

¿Cómo me preparo para mi audiencia imparcial?

Comuníquese con el "Coordinador de Audiencias Imparciales" (FHC) de DSHS y haga cita para reunirse con él/ella. El Coordinador no es abogado pero es la persona que representa a DSHS en las audiencias. Pídale al Coordinador

  1. que le explique por qué DSHS le está negando, reduciendo o terminando su asistencia pública, o por qué se está tomando alguna otra medida en contra suya;

  2. que le entregue copias de todas las reglas que DSHS está utilizando para respaldar sus medidas;

  3. si es que DSHS va a tener testigos en su audiencia y, si es así, pregunte quiénes son y sobre qué cosas se les va a pedir que declaren; y

  4. ver y recibir copias de los documentos contenidos en su expediente de caso electrónico.

Estos documentos podrían incluir no tan sólo cartas y notificaciones, sino que además notas del caso, narraciones del caso, informes y evaluaciones médicas, cálculos de efectivo y Comida Básica, notas y documentos de WorkFirst, solicitudes, revisiones de elegibilidad, etc.  Por último, DSHS tiene la obligación de darle a usted un paquete que contenga todos los documentos que ellos van a usar, mucho antes de la audiencia. Si usted no lo ha recibido una semana antes de la audiencia, siéntase con la libertad de llamar al Coordinador sobre este problema. Si usted piensa que DSHS le dio el paquete demasiado tarde para poder revisarlo y comprenderlo bien, puede pedirle al Juez Administrativo que reprograme la audiencia o que tome alguna otra medida que sea justa para usted.  

Puede que el Coordinador le escriba o le llame para programar una reunión antes de la audiencia. Código Administrativo WAC 388-02-0175 et seq. Si usted lo desea, puede reunirse con el Coordinador antes de la audiencia pero usted no tiene la obligación de hacerlo. Es una oportunidad para que ambas partes comprendan mejor los problemas y para ayudarle a usted a prepararse para su audiencia. Puede ser que lleguen a algún arreglo. Si no, usted aún tiene derecho a tener su audiencia. Por último, el Coordinador tiene la obligación de darle a usted un paquete que contenga todos los documentos que DSHS va a presentar como materiales de prueba en la audiencia.

¿Qué debo llevar a la Audiencia Imparcial?

Es útil llevar una lista con los puntos que va a querer asegurarse de explicarle al Juez de Ley Administrativa. Puede llevar documentos, fotografías, o cualquier otra documentación para demostrarle al Juez de Ley Administrativa (ALJ) por qué usted piensa que DSHS está equivocado. Puede llevar testigos que declaren a favor suyo. También puede llevar un pariente o amigo/a con usted, incluso si la persona no va a declarar. Además, puede llevar un pariente, amigo/a, o alguna otra persona que le represente a usted en la audiencia. Su representante no tiene que ser abogado. La mayoría de las personas se representan a sí mismas en sus audiencias.

¿Qué pasa en la Audiencia Imparcial? Código Administrativo  WAC 388-02-0375

Su audiencia será presidida por un Juez de Ley Administrativa (o ALJ, en inglés) que no trabaja para DSHS, sino que trabaja para una agencia distinta que se llama la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, en inglés). Las audiencias se llevan a cabo en las oficinas de DSHS y no son tan formales como las de los tribunales. Todos los presentes se sientan alrededor de una mesa. El Juez grabará todo lo que se dice y tomará notas.

Al comienzo de la audiencia, el Juez explica que no es un empleado de DSHS, que jamás ha visto su expediente, y que no sabe nada sobre usted o su caso excepto lo que usted escribió en su petición para la audiencia imparcial. El Juez explicará que para decidir su caso, solamente considerará 1) los documentos que usted y DSHS presenten y 2) las declaraciones bajo juramento. Luego, el Juez pondrá bajo juramento a todas las personas que van a declarar. A continuación, entréguele al Juez sus documentos. El Juez asignará números de prueba a todos los documentos.

Por lo general, el Coordinador de Audiencias Imparciales habla a continuación, le dice al Juez por qué DSHS piensa que tiene la razón y explica los documentos que son los elementos de prueba de DSHS. Una vez que el Coordinador termine, usted puede entonces hacerle preguntas sobre lo que dijo. Si el Coordinador tiene testigos, usted también puede hacerles preguntas una vez que terminen de testificar. Puede que el Juez también tenga preguntas para el Coordinador y para los testigos, con el objeto de aclarar los hechos.

Sigue entonces la oportunidad suya de contar su versión de los hechos. Recuerde que antes de comenzar la audiencia, el Juez no sabe nada sobre usted ni su caso, excepto lo que usted haya indicado en la petición para la audiencia. Usted debe decirle al Juez todo lo que usted quiera que él/ella sepa. Usted puede usar sus notas y decirle al Juez exactamente qué fue lo que pasó desde su punto de vista. Cuando termine, el Coordinador y el Juez le pueden hacer preguntas. Luego, usted puede hacer que sus testigos declaren. El Coordinador y el Juez también pueden hacerles preguntas a sus testigos.

Su conducta durante la audiencia es muy importante porque el Juez sólo tiene esta única oportunidad para decidir si usted es creíble o no. A continuación hay algunas sugerencias:

  • Sea cortés; no interrumpa al coordinador, al Juez, o a testigos.
  • Mire al Juez cuando usted declare.
  • Sea firme en lo que diga, pero no grite.
  • No ponga los ojos en blanco (no voltee los ojos) ni use otros gestos ofensivos.
  • No use palabras groseras ni ofensivas

¿Qué pasará después de mi Audiencia Imparcial?

El Juez no decide quién gana al final de la audiencia, sino que envía la decisión por escrito a usted y a DSHS, aproximadamente un mes después de la audiencia. La decisión escrita del Juez será una Resolución Inicial o será una Orden Final. Hay una diferencia importante entre los dos tipos de decisiones que se explica a continuación.

Resolución Inicial: Código Administrativo WAC 388-02-0215(4), - 0560 et. seq.

Si usted o DSHS no están de acuerdo con la Resolución Inicial del Juez, ambos tienen el derecho de apelar a un Juez de Revisión que trabaja para la Junta de Apelaciones de DSHS (o BOA, en inglés). La apelación se llama "Petición de Revisión". La Resolución Inicial del Juez de Ley Administrativa incluirá las instrucciones de cómo apelar y pedir la revisión, y el plazo para hacerlo.

Esta apelación se hace por escrito solamente; usted no comparecerá ante el Juez de Revisión. El Juez de Revisión toma en cuenta solamente los documentos y el testimonio presentados en su Audiencia Imparcial. No se pueden añadir hechos nuevos ni más documentos para la apelación; es por eso que es tan importante presentar todas sus pruebas (documentos y testimonio) en su audiencia imparcial. Si usted envía una apelación por escrito a la Junta de Apelaciones, DSHS tendrá la oportunidad de contestar a su apelación por escrito, y viceversa.

El Juez de Revisión enviará la resolución escrita a usted y a DSHS. Esto se llama Resolución de Revisión. Si usted no está de acuerdo con la Resolución de Revisión, tiene derecho a presentar una Petición de Revisión de la Resolución Administrativa en el Tribunal Superior de su condado o en el Tribunal Superior del Condado de Thurston. Si su audiencia imparcial fue sobre asistencia pública, no hay que pagar por presentar su caso en el Tribunal Superior. Si usted opta por esto, debe hacerlo dentro del plazo de 30 días a partir de la fecha de la Resolución de Revisión. Si no puede encontrar un abogado para que le ayude a presentar su apelación en el Tribunal Superior, consulte nuestro paquete informativo de cómo hacerlo por su cuenta, llamado "Cómo Solicitar la Revisión de una Resolución Administrativa". Está disponible en nuestro sitio web www.washingtonlawhelp.org, o puede pedirlo en CLEAR al 1-888-201-1014 o conseguirlo en la oficina local de servicios legales.

Orden Final: Código Administrativo WAC 388-02-0215(5), - 0605

Si su notificación de la audiencia imparcial tiene una "B" en el número del caso, entonces usted recibirá una Orden Final. Si usted o DSHS no están de acuerdo con la Orden Final del Juez de Ley Administrativa, ninguno de los dos puede apelar a la Junta de Apelaciones (o BOA, en inglés) pero ambos tienen el derecho de pedirle al Juez que reconsidere su resolución. La resolución después de la Reconsideración es el fallo final de la agencia. Esto significa que DSHS tiene que aceptar dicha resolución y no puede apelar a un tribunal de mayor autoridad. Si usted no está de acuerdo con la resolución de la Reconsideración, usted sí puede apelar a un tribunal de mayor autoridad presentando una Petición para la Revisión de una Resolución Administrativa. Además, usted derecho a saltarse la petición de Reconsideración y a apelar la Orden Final directamente ante el Tribunal Superior por medio de una Petición para la Revisión de una Resolución Administrativa. Refiérase al párrafo anterior para ver cómo se presenta éste tipo de apelación. 

 

7910SP

This publication provides general information concerning your rights and responsibilities. It is not intended as a substitute for specific legal advice.
This information is current as of the date of its printing,
September 2008.

© 2008 Northwest Justice Project.
1-888-201-1014, TTY 1-888-201-9737
(Permission for copying and distribution granted to the Alliance for Equal Justice and individuals for non-commercial use only.)

Last Reviewed On: 09/08/08
 
 

Información, no aviso legal. Nosotros proveemos esta información como un servicio público. Tratamos de hacerla tan exacta como sea posible a partir de la fecha incluida en el material. Las leyes a veces cambian. No podemos garantizar que esta información esté siempre corriente y correcta.

Nosotros no proponemos que esta información deberá servirle de aviso legal. Al proveerle esta información, no estamos tratando de hacer el papel de su abogado. Si necesita aviso legal, póngase en contacto con un abogado por medio de su organización local de aviso legal. Si puede, siempre hable con un abogado competente antes de tomar medidas legales.

Anuncios de abogados. Este sitio Web no deberá usarse para dejar anuncios o para solicitar. El contratar un abogado es una decisión importante que no se deberá basar en los anuncios. Antes de contratar a un abogado, deberá averiguar su reputación y sus capacidades.

Enlaces. Algunos de los artículos listados aquí no han sido preparados por nosotros mismos, sino son ?enlaces? que llevan a la información preparada y expuesta por otros. No podemos garantizar la exactitud de la información que sea expuesta en otros sitios Web. Los enlaces no deberán insinuar que nosotros patrocinamos o estamos afiliados o asociados con las personas que crearon esos sitios, tampoco los enlaces deberán insinuar que nosotros tenemos la autoridad legal de usar algún nombre comercial, marca registrada, sello legal u oficial, o cualquier símbolo con derechos de autor que aparezca en los enlaces.

Powered by ProBono.Net

In an effort to improve this site, we would appreciate learning about your visit to Washington LawHelp.

Washington LawHelp is provided as a public service by the Northwest Justice Project in collaboration with other legal aid providers in the Alliance for Equal Justice and Washington courts.

Webby Award Winner 2007     Northwest Justice Project     Washington Courts     Columbia Legal Services     The Alliance for Equal Justice     Legal Services Corporation