Education for Justice FACT SHEET T-1 (Spanish) Año de impuestos 2008
Conocer sus derechos fiscales puede
traducirse en dinero - algunas veces mucho dinero - para ayudar a su familia.
Vale la pena estar seguro. Usted podría tener sus impuestos preparado gratis.
Para encontrar ayuda cerca de donde
vive, llame al (651) 297-3724 o United Way al 211 (o (651) 291-0211 de un celular),
en todo el estado.
Las personas que trabajan y ganan
por encima de ciertos montos deben presentar plantillas de impuestos ante el
gobierno federal y del estado. Aún si usted gana menos de estos montos, puede presentar
las plantillas para recibir un reembolso. Las plantillas de impuestos deben
presentarse antes del 15 de abril de cada año. Usted presenta la declaración
este año usando la información sobre su ingreso del año pasado. De modo
que en 2009 usted presenta plantillas de impuestos para 2008. Si usted
debe dinero, tiene que pagar multas e intereses sobre cualquier monto no pagado
antes del 15 de abril.
# CRÉDITO POR
INGRESO DEL TRABAJO (EITC)
El EITC es un crédito para personas
que trabajan. El crédito máximo es de $4,716. Pueden obtenerlo personas
solteras y casadas. No tiene que tener niños, pero el crédito es más alto si
los tiene. Hay normas sobre los niños que puede reclamar. Vea abajo. Si
usted ignora las normas EITC, podría no recibir el EITC hasta durante 10 años.
Usted debe haber trabajado durante 2008.
Usted no puede recibir el EITC si ganó dinero fuera de los EE.UU. Sus ingresos
y el "ingreso bruto ajustado"(adjusted gross income) en su planilla
de impuestos debe ser menos de:
$
$38,646 si tiene 2 o más niños que califican
(o
$41,646 si está casado y presenta la declaración conjunta)
$
$33,995 si tiene un niño que califica
(o
$36,995 si está casado y presenta la declaración conjunta)
$
$12,880 si no tiene niños que
califican
(o
$15,880 si está casado y presenta la declaración conjunta)
¿Cumplo Las Normas
del EITC?
·
debe
ser ciudadano de EE.UU. o residente extranjero durante todo el año 2008.
·
necesita
un número válido del seguro social suyo, de su cónyuge y cualquier niño que
reclame.
·
su
estado al presentar las plantillas no puede ser "casado que presentan la
declaración por separado." (married filing separate)
·
su
ingreso por inversiones debe ser menos de $2,950.
·
usted
no puede reclamar el EITC si otra persona lo presenta como "niño que califica".
¿Puedo Reclamar Un
Niño Para el EITC?
Usted puede reclamar un niño para el
EITC si:
·
Él
o ella es su niño por nacimiento o adopción, su nieto, hijo postizo, hermano,
hermana, hermano postizo o hermana postiza. También puede reclamar al niño de
cualquiera de estos parientes. Debe haber cuidado al niño como propio. También
puede reclamar un hijo de crianza elegible.
·
El
niño vivió con usted en los EE.UU. durante más de la mitad de 2008.
·
El
niño debe:
tener menos de 19 años el 31 de
diciembre de 2008,
ser estudiante (tiempo completo) menos
de 24 años el 31 de diciembre de 2008, o
estar total y permanentemente
discapacitado en cualquier momento de 2008, sin que importe la edad.
Si un niño es un niño que califica
para más de un contribuyente, y los dos reclaman el niño, el padre que vive con
el niño más tiempo durante el año recibirá el crédito. Si el niño vive con los
dos padres durante la misma cantidad de tiempo, el padre con el ingreso más
alto recibirá el crédito.
Si el niño:
no vive con un padre,
es un niño que reúne las condiciones
para más de un contribuyente, y
los contribuyentes no pueden decidir
quién reclamará al niño,
Entonces el contribuyente con el
ingreso más alto recibirá el crédito.
¿Quién Es Un Hijo
De Crianza Elegible?
Un hijo de crianza elegible es un
niño que fue puesto en su familia por una agencia de colocación autorizada. Él
o ella deben vivir con usted más de 6 meses del año fiscal y cumplir las normas
de edad.
¿Puedo Reclamar el
EITC Si No Tengo Un Hijo?
Sí, si usted:
$
tiene
entre 25 y 64 años de edad.
$
no
es una persona que dependa de otra.
$
no
es un hijo que califican de otro
$
vivió
en los Estados Unidos durante más de la mitad de 2008.
¿Cómo Recibo el
EITC?
$
Presente
una la declaración de impuestos (1040EZ, 1040, 1040A).
$
Si
usted tiene un hijo que califica, presente la declaración 1040 o 1040A Y la declaración EIC.
El Servicio de
Impuestos Internos (IRS) determinará el EITC para usted.
Si usted califica
de EITC, también puede solicitar al IRS que determine el monto. Si usted tiene
un hijo que califican, primero debe completar la primera mitad de la planilla
EIC. Puede recibir el EITC con anticipación como parte de su cheque de sueldo.
Vea nuestra hoja informativa El EITC Anticipado.
¿Afectará el EITC
mi MFIP, SSI, Timbres De Alimentos U Otros Beneficios?
Los pagos del EITC no se cuentan
como ingreso para determinar la asistencia pública. El EITC puede contarse como
recurso para los timbres de alimentos. Generalmente, los pagos del EITC no se
cuentan como ingreso durante el mes en que recibe el cheque o el mes siguiente.
Después de 2 meses, el resto de su reembolso se contará para determinar su
límite de activos. Si usted gasta el dinero de su reembolso, podría tener que
probar que lo gastó. Guarde todos sus
recibos.
Precertificación
EITC
A partir de 2004, es posible que
tenga que rellenar formas para demostrar que es elegible para el EITC antes o
al mismo tiempo de completar sus declaraciones de impuestos. Si el IRS le envía una carta indicando que
usted debe hacerlo, comuníquese con Ayuda Legal (Legal Aid).
#
CRÉDITO FEDERAL TRIBUTARIO POR HIJOS
Usted puede recibir un crédito fiscal
de hasta $1,000 por cada hijo menor de 17 años que presente como dependiente.
Llene la hoja de cálculo del Crédito fiscal por hijos en el folleto de
instrucciones. Puede usar un ITIN en lugar del número de seguro social para
este crédito. Usted puede reclamar este crédito y el EITC.
#
CRÉDITO FEDERAL PARA EL CUIDADO DE NIÑOS Y
DEPENDIENTES
Si usted tiene costos por el cuidado
de niños porque trabaja o busca trabajo, puede obtener un crédito fiscal. Puede
usar los costos que pagó para niños dependientes menores de 13 años o un
dependiente discapacitado de cualquier edad. Para obtener este crédito, debe
tener un número de identificación como contribuyente de la persona o programa
que proporciona el cuidado. Presente la forma 2441.
#
CRÉDITOS FEDERALES PARA EDUCACIÓN
Si usted pagó matrículas y
honorarios a una universidad o colegio universitario al que concurrió usted, su
cónyuge o un dependiente, puede obtener hasta $2,200 en créditos educativos.
Presente la forma 8863.
CRÉDITOS Y
REEMBOLSOS DE MINNESOTA
#
CRÉDITO DE MINNESOTA PARA FAMILIAS QUE TRABAJAN
Si usted cumple con las normas del
EITC y ganó su ingreso en Minnesota, puede recibir el Crédito de Minnesota para
familias que trabajan. El crédito máximo
es de $1,686. Para reclamar este crédito, complete sus declaraciones federales
de impuestos y los formularios de Minnesota M-1 (la forma estándar) y la forma
M-1WFC.
#
CRÉDITO DE MINNESOTA PARA EL CUIDADO DE NIÑOS Y
DEPENDIENTES
Usted puede obtener un crédito fiscal
del estado por el costo del cuidado de un dependiente mientras trabajó o
buscaba trabajo. El dependiente puede ser un niño menor de 13 años o un
dependiente discapacitado de cualquier edad. Para obtener este crédito,
complete la forma M-1 CD.
#
DEDUCCIÓN Y CRÉDITO PARA EDUCACIÓN DE MINNESOTA
Usted puede obtener un crédito fiscal
o deducción por el costo de la escuela de sus niños o cosas relacionadas.
Cubren a los niños desde el jardín de infantes hasta la escuela secundaria. El
crédito máximo es hasta $1,000 por niño. Puede usar costos como: tutores,
libros y materiales académicos, honorarios pagados por el transporte, lecciones
de música, programas después de la escuela y campamentos académicos de verano.
También puede usar los costos de equipos de computación y programas educacionales
(límite de $200). La matrícula de escuelas privadas es una deducción solamente.
Para obtener el crédito, complete la forma M-1ED. Para usar la deducción,
complete la hoja de cálculo que se encuentra al dorso de la forma M-1.
#
REEMBOLSO PARA INQUILINOS O DEL IMPUESTO A LA
PROPIEDAD DE MINNESOTA
Este reembolso se basa en su ingreso
y el monto de impuestos a la propiedad que paga como dueño o inquilino. Los inquilinos reciben un Certificado de Renta
Pagado (CRP) del arrendador. Si su arrendador no le entrega uno, llámele a
pedirlo. Si eso no sirve, llame al (651)
296-3781 al MN Department of Revenue (El Departamento de Rentas Públicas de
Minnesota). Los reembolsos para dueños
de propiedades se basan en la declaración de los impuestos a la propiedad del
año siguiente. La casa o apartamento debe ser su lugar principal de residencia
o casa. Para reclamar este reembolso, complete la forma M-1PR. Esta forma debe
presentarse antes del 15 de agosto. Usted puede reclamar el reembolso hasta un
año después.
SI
NO HA PRESENTADO LAS PLANTILLAS, ¡HÁGALO AHORA!
El EITC y los otros créditos del
impuesto a la renta pueden presentarse hasta 3 años después. Si no presentó una
planilla de impuestos en algunos o todos los últimos 3 años, puede hacerlo
ahora y reclamar el EITC y los otros créditos. Los formularios y montos del
crédito cambian cada año. ¡Asegúrese de usar la forma del año para el que
presenta las plantillas! Si presentó su planilla pero no reclamó créditos y
ahora piensa que podría haberlo hecho, puede presentar una planilla de
impuestos enmendada 1040X (federal) o M-1X (Minnesota) para cualquiera de los
últimos 3 años.
Si usted cumple todas las normas
para recibir el EITC en los años antes de ahora, excepto que no tenía un número
de seguro social, pero ahora lo tiene, puede usar su nuevo número de seguro
social para presentar sus plantillas de impuestos y reclamar el EITC de los
últimos 3 años.
Para hacer preguntas sobre el
impuesto federal, llame al 1-(800) TAX-1040.
Para hacer preguntas sobre el impuesto
en Minnesota, llame al (651) 296-3781.
Las personas discapacitadas y de
bajo ingreso y los ancianos pueden obtener ayuda gratis para completar
sus plantillas de impuestos. Para encontrar ayuda cerca de su domicilio, llame
al (651) 297-3724 o al United Way al 211 (o (651) 291-0211 de un celular) en
todo el estado.
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Minneapolis Legal Aid – CLE MN
Legal Services Coalition 2324
University Avenue, Suite 101B St.
Paul, MN 55114 |
No use esta hoja informativa
si tiene más de un año. Escríbanos
para una copia, una lista de hojas informativas u otros formatos. Las
hojas informativas no son una repuesta completa a un problema legal. Consulte
a un abogado para que le asesore. |
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Esta hoja informativa se aplica solamente al año fiscal 2008. Las declaraciones de impuestos deben presentarse antes del 15 de abril de 2009. |