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Fundamentos de la bancarrota

Por: DC Bar Pro Bono Center

Información

Tabla de contenidos                          

I. Glosario

II. ¿Qué es la bancarrota?

III. ¿Debo declararme en bancarrota?

IV. ¿Cómo puede ayudarme la bancarrota?

V. ¿Qué sucede cuando me declaro en bancarrota?

VI. ¿Cómo me declaro en bancarrota?

VII. ¿Qué sucede si no me declaro en bancarrota?

 

Glosario de términos importantes:


Bienes – Dinero o propiedades.

 

Acreedor – Persona, empresa u organización titular de la deuda.

 

Deuda– Dinero o propiedad debidos a otra persona.

 

Deudor– Persona que debe dinero.

 

Descargo – “Borrado” de deudas. Proceso por el cual los deudores dejan de ser responsables de sus deudas.

 

Exentos – Ingresos o bienes protegidos de los acreedores, incluso sin declararse en bancarrota.

 

Embargo– Proceso por el cual se retiene parte del salario de un deudor para pagar deudas. Solo puede producirse tras un proceso judicial y un fallo.

 

Ingreso -  Dinero obtenido a través del trabajo, prestaciones públicas, obsequios, préstamos u otras fuentes.

 

Fallo – Decisión judicial por la que se declara que una persona debe dinero a sus acreedores.Solo puede producirse después de un proceso judicial. El acreedor debe obtener un fallo para poder embargar los salarios del deudor o tomar sus propiedades.

 

Resistente al fallo – Describe a una personacuyos ingresos y bienes están exentos o protegidos de los acreedores, sin tener que declararse en bancarrota.

 

No exentos – Ingresos o bienes no protegidos de los acreedores sin declararse en bancarrota. 

 

Deuda asegurada –Deuda en la cual el acreedor retiene un objeto de valor como garantía, tal como la casa, el auto o los muebles. Si se producen atrasos en pagos de deudas aseguradas, el acreedor puede embargar la garantía realizando una ejecución hipotecaria de la casa o traspasando la posesión del auto o de los muebles.
 

Deuda sin asegurar -  Deuda en la cual el acreedor no retiene ninguna garantía.

 

¿Qué es la bancarrota?

 

La bancarrota es un proceso legal que permite a una persona hacer “borrón y cuenta nueva” y la incentiva para trabajar de nuevo. Las leyes de bancarrota están destinadas a proteger a los deudores, para que sus ingresos y propiedades no sean embargados por sus acreedores en su totalidad.

 

En algunos casos, la bancarrota borra o descarga deudas; en otros, la declaración de bancarrota resulta en un plan de pago.

 

¿Debo declararme en bancarrota?

 

Muchas personas cargan con grandes deudas. Intentar liquidarlas es a menudo imposible o frustrante. Pero la bancarrota no es adecuada para cualquier persona que esté en esta situación. Debe considerarse la declaración de bancarrota solo cuando puede ayudar a cambiar la situación financiera personal para mejor.

 

Elementos a valorar:            

  • Algunas veces, los ingresos y/o propiedades están protegidos frente a los acreedores SIN declararse en bancarrota. Por lo tanto, puede que no exista razón alguna para declararse en bancarrota.
  • Sin embargo, si hay posibilidad de embargo de ingresos o de retención de propiedades, la bancarrota puede ser la mejor solución.
     

¿Qué clase de ingresos están protegidos de los acreedores SIN declararse en bancarrota?

Algunos ingresos están protegidos de los acreedores SIN declararse en bancarrota. Esta protección puede provenir de la ley del D.C. o de la ley federal.
 

Si sus únicos ingresos son de una de las siguientes fuentes  (y no tiene ninguna propiedad que proteger), es posible que no necesite declararse en bancarrota:

  • Salarios netos (después de impuestos) de 154,50 $ o menos por semana.
  • Prestaciones de la Seguridad Social
  • Prestaciones de Veterano
  • Prestaciones de discapacidad, enfermedad o desempleo
  • Pensión alimenticia o apoyo necesario para el sustento personal o de personas dependientes.
  • Pensión o renta obtenida por edad, discapacidad, años de servicio o muerte, si es necesaria para el sustento personal o de personas dependientes
  • Pensión de jubilación
  • Compensación del trabajador


¿Qué tipo de propiedades están protegidas de los acreedores SIN declararse en bancarrota?

 

Ciertas propiedades están protegidas de los acreedores SIN declararse en bancarrota. Esta protección puede provenir de la ley local o de la federal.

 

Si su única propiedad es de alguna de las siguientes fuentes (y no tiene ingresos que proteger), es posible que NO necesite declararse en bancarrota:

  • Su hogar (si vive en él y los pagos de la hipoteca están al día)
  • Un vehículo a motor de valor igual o inferior a 2.575 $ (el valor se determina restando la deuda pendiente al valor de mercado del auto)
  • Una propiedad que no exceda el valor de 425 $ en un único elemento o el valor de 8.625 $ en bienes totales de la casa, como muebles, ropas, animales, libros, artefactos, cosechas o instrumentos musicales (el valor se determina según el precio por el que podrían venderse actualmente los artículos usados)
  • Hay otras propiedades también protegidas sin declararse en bancarrota
     

¿Qué sucede si mis ingresos y propiedades están protegidos de los acreedores SIN declararme en bancarrota?

  • Si todos sus ingresos y propiedades están protegidos de los acreedores SIN declararse en bancarrota, se es “Resistente al Fallo”. Esto significa que aunque los acreedores presenten una demanda ante los juzgados e inicien un proceso legal, no obtendrán su dinero porque los ingresos y propiedades están protegidos por ley.
  • Debido a que la declaración judicial puede tener validez durante  12 años y prorrogarse, si sus ingresos aumentan o proceden de fuentes diferentes y su situación financiera cambia, es posible que le interese considerar declararse en bancarrota en ese momento.


¿Qué pasa si quiero declararme en bancarrota a pesar de todo, para poner fin a las llamadas molestas y las cartas amenazantes?

  • Ninguna ley prohíbe declararse en bancarrota solo porque no sea necesario. Sin embargo, declararse en bancarrota es una acción legal de grandes proporciones y debe considerarse seriamente. Además, una vez declarada la bancarrota, no puede declararse de nuevo antes de 7 años. Usted será legalmente responsable de pagar cualquier deuda en la que incurra después de la declaración. 
  • Puede disponer de mejores opciones que la declaración de bancarrota. Vea la sección titulada “¿Qué sucede si no me declaro en bancarrota?”


¿Qué pasa si se me niega el empleo o el alojamiento por mi mal crédito?

Incluso si es resistente al fallo, puede que le interese declararse en bancarrota si tiene dificultades para encontrar trabajo o alojamiento debido a problemas crediticios. Algunos empleadores y propietarios inmobiliarios prefieren trabajar con personas que se han declarado en bancarrota antes que con las que tienen mal crédito y no se han declarado en bancarrota.
 

¿Cuál es la diferencia entre la bancarrota del Capítulo 7 y la del Capítulo 13?

  • Tanto la bancarrota del Capítulo 7 como la del Capítulo 13 están disponibles para los consumidores. La mayoría de los consumidores que deciden declararse en bancarrota escogen la del Capítulo 7. Esto permite a los consumidores “descargar” o borrar la mayoría de sus deudas conservando sus ingresos y la mayoría de sus propiedades.
  • La bancarrota del Capítulo 13 es una reorganización de deuda y requiere que el deudor page parcial o totalmente las deudas en un periodo de 3 a 5 años para poder recibir un descargo del balance de deudas impagadas. Es una manera de evitar que los acreedores tomen lo que el deudor les debe. A cambio, el deudor acepta repagar sus deudas contribuyendo con una parte de sus ingresos a través de un proceso llamado Plan del Capítulo 13. Un deudor del Capítulo 13 puede mantener propiedades que habría perdido con el Capítulo 7.

Debido a que la mayoría de los deudores eligen la bancarrota del Capítulo 7, estas preguntas se han respondido asumiendo que el deudor procede según el Capítulo 7.

 

¿Cómo puede ayudarme la bancarrota?

La bancarrota puede borrar o “descargar” al consumidor de la mayoría de sus deudas. Esto significa que desaparece la obligación legal de pagar tales deudas. Los acreedores ya no pueden presentar demandas ni exigir pagos. La bancarrota puede incluso prevenir el embargo del salario.

¿De qué deudas me puedo descargar?

La bancarrota puede descargar la mayoría de las deudas, como tarjetas de crédito, cuentas de teléfono o servicios públicos y cuentas médicas.
Sin embargo, la bancarrota puede no descargar todas las deudas.

Las siguientes deudas NO PUEDEN descargarse en una bancarrota:

  • Préstamos estudiantiles.
  • Pensiones para hijos
  • Pensión alimenticia.
  • La mayoría de los impuestos
  • Deudas resultantes de fraude (por ejemplo, si faltó a la verdad en la solicitud de la tarjeta de crédito)           
  • Deudas resultantes de un “perjurio voluntario o malicioso” (por ejemplo, una multa por conducir ebrio) 


 ¿Tendré que vender mi propiedad para pagar mis deudas?

  • La mayoría de las personas que se declaran en bancarrota pueden conservar la mayoría de sus propiedades personales -si no todas-, excepto si poseen algo de mucho valor, como un anillo de diamante o un abrigo de pieles de alto precio.
  • Si vive en el D.C., su vivienda está protegida mientras esté al día en los pagos de la hipoteca, incluso si no se ha declarado en bancarrota. 
  • La mayoría de las personas pueden conservar su auto mientras estén al día en la cuenta del vehículo.

 

¿Qué sucede cuando me declaro en Bancarrota?

 Suspensión automática 

  • Cuando se declara en bancarrota, cualquier acción de embargo en su contra se “suspende”, al menos temporalmente. Este hecho se denomina “Suspensión automática” y significa que los acreedores deben detener inmediatamente sus procedimientos para exigir pagos. Los acreedores no pueden exigir pagos, embargar salarios, llevarle ante los tribunales ni tomar su propiedad.
  • El juzgado notifica la declaración de bancarrota a todos los acreedores. Si su salario está embargado, le interesa comunicar a su empleador la declaración de bancarrota lo antes posible, mientras realiza los trámites en el juzgado para poner fin al embargo.

Reunión de Acreedores.

  • Al despachar la “solicitud” o el formulario de bancarrota en el juzgado, recibirá una fecha para asistir a una “Reunión de Acreedores”, que tendrá lugar unas 3 semanas después. Esta Reunión no es un procedimiento judicial oficial, pero usted deberá comparecer ante un “Fiduciario”, un oficial del juzgado. Se le tomará juramento y deberá jurar decir la verdad. Deberá llevar una fotografía de identificación.
  • Esta es la oportunidad del Fiduciario y de los acreedores para formular preguntas acerca de la declaración de bancarrota y de comprobar que toda la información entregada junto con la solicitud está completa y es precisa. La mayoría de los acreedores confían en el Fiduciario y no asisten a la reunión.
  • Algunos acreedores asisten a estas reuniones para solicitar la “reafirmación” de la deuda. Con ello pretenden que el deudor acepte estar legalmente obligado a pagar la deuda, incluso después de la declaración de bancarrota. A cambio, el deudor continúa disfrutando de privilegios crediticios. Valore bien esta opción; siempre es posible pagar a los acreedores SIN obligarse legalmente a ello.

 Descargo

  • Si el fiduciario está satisfecho con la solicitud y las respuestas y ningún acreedor apela, se garantizará el “descargo” aproximadamente 60 días después de la “Reunión de Acreedores”. Esto significa que el deudor no está obligado legalmente a pagar las deudas descargadas. Sin embargo, es responsable legal de las nuevas deudas en las que incurra después de declararse en bancarrota.
  • Puede que alguna vez le pregunten si se ha declarado en bancarrota al solicitar un trabajo, una casa, un préstamo o un seguro. En ocasiones, podría resultar perjudicado. No obstante, el gobierno no puede discriminarle por haberse declarado en bancarrota.

 

¿Con que frecuencia puede declararme en bancarrota?

Puede declararse en bancarrota de acuerdo al Capítulo 7 cada 7 años.

 

¿Qué pasa si me acabo de mudar al D.C.?

Debe haber residido en el D.C. durante la mayor parte de los últimos 180 días. Esto significa que si ha vivido en el D.C. menos de 3 de los últimos 6 meses, es posible que no cumpla los requisitos para declararse en bancarrota en el D.C.

 

¿Qué pasa si estoy casado/a? ¿Mi esposo/a también tiene que declararse en bancarrota?

No. Puede declararse de forma individual, incluso estando casado. Sin embargo, si su esposo/a es responsable por alguna de las deudas (por ejemplo, codeudor), seguirá siendo responsable de ellas. En otras palabras, su esposo/a estará obligado a pagar esas deudas “conjuntas” incluso después del descargo.


¿Qué pasa con los codeudores?

Los codeudores deben pagar las deudas conjuntas incluso después del descargo.

 

¿Qué pasa si quiero pagar algunas de mis deudas después de declararme en bancarrota?

Podrá pagar las deudas que quiera, incluso después de declararse en bancarrota. La bancarrota le libera de la obligación legal de pagar esas deudas. Aunque si debe dinero a alguien y desea pagarle, está en libertad de hacerlo.

 

¿Debo reafirmar mis deudas?

Puede que algunos acreedores le soliciten “reafirmar” sus deudas. Con ello pretenden que acepte estar legalmente obligado a pagar la deuda, incluso después de la declaración de bancarrota. A cambio, continuará disfrutando de privilegios crediticios. Valore bien esta opción; siempre es posible pagar a los acreedores SIN obligarse legalmente a ello.

 

¿Cuál es el mejor momento para declararme en bancarrota?

Esta respuesta es complicada y probablemente le interese discutirla con un abogado.

  • En ocasiones puede que le interese declararse en bancarrota lo antes posible, por ejemplo, si su salario está retenido.
  • Sin embargo, puede que por alguna razón sea una buena idea esperar. Por ejemplo, si está a punto de enfrentarse a gastos adicionales e inevitables por estancia hospitalaria. Si espera, podrá incluir esa deuda en la bancarrota.
  • Si has comprado recientemente artículos “de lujo”, como un nuevo equipo de sonido, utilizando la tarjeta VISA, VISA puede objetar la inclusión de esa deuda en la bancarrota argumentando que usted tenía previsto declararse en bancarrota, por lo que realizó dicha compra con la intención de incluirla en la declaración. Es mejor esperar al menos 6 meses después de una compra para incluir la deuda en la bancarrota. 

 

¿Cómo me declaro en bancarrota?

 

 ¿Necesito un abogado para declararme en bancarrota?

 

No se necesita abogado para declararse en bancarrota. Se permite realizar la solicitud personalmente. Sin embargo, las decisiones referentes a si declararse o no, cuándo hacerlo y cómo completar los formularios para ello son complicados. Un abogado puede ayudarle a resolver algunos de estos asuntos y a preparar la solicitud.

 

¿Cómo puedo encontrar un abogado especializado en bancarrotas y qué sucede si no puedo costearlo?

  • Utilice la pestaña “Encontrar un Abogado” (Find a Lawyer) en la parte superior para ver el listado de las agencias que pueden ayudarle de forma gratuita si cumple los requisitos necesarios, o el enlace en la parte inferior bajo la misma pestaña que explica cómo contratar a un abogado abonando sus servicios.
  • Si decide contratar a un abogado, deberá firmar un acuerdo con él antes de que le ayude, especificando los honorarios del abogado y los servicios proporcionados.

¿Cuánto cuesta realizar una declaración de bancarrota?

El costo del juzgado y las tasas administrativas para declarar una bancarrota del Capítulo 7 son de 209 $. Los honorarios del abogado, si decide contratarlo, son adicionales.
 

¿Dónde puedo obtener los formularios?

  • Si decide despachar una solicitud de bancarrota sin abogado, puede obtener los formularios de la oficina del secretario del Tribunal de Bancarrota de los EE. UU. del Distrito de Columbia, ubicado en la sala 4400, 4º piso del Tribunal E. Barrett Prettyman de los EE. UU., en la avenida Constitution 333, N.W. Los formularios incluyen instrucciones. 
  • También puede obtener los formularios en Internet en http://www.uscourts.gov/bkforms/bankruptcy_forms.html#official.No olvide imprimir las instrucciones junto con los formularios.
  • Muchas papelerías y tiendas de artículos de oficina tienen kits de bancarrota que incluyen los formularios y las instrucciones por menos de 20 $.
  • La biblioteca local puede tener formularios que puedan fotocopiarse.
     

¿Cómo puedo obtener mi reporte crediticio?

Existen tres agencias principales de reportes crediticios. Es posible que le interese obtener los tres reportes porque puede aparecer información distinta en cada reporte. Las agencias de reportes crediticios pueden cobrar hasta 9 $ por cada reporte, aunque es posible obtener reportes gratuitos si:

  • Está desempleado y buscando trabajo.
  • Está en un programa de bienestar.
  • El reporte no es correcto debido a fraude.
  • Se llevan a cabo acciones en su contra utilizando información del reporte y solicita dicho reporte dentro de los 60 días después de conocer tales acciones.

Agencias de reportes crediticios
TransUnion
8 $/ Gratis
800-888-4213
 
Equifax
9 $/ Gratis
800-685-1111
 
Experian
9 $/ Gratis
888-755-5553
 


¿Qué sucede con mi puntaje crediticio?

  • La declaración de bancarrota se mantiene en el reporte crediticio durante 10 años y en los archivos judiciales durante 20. Sin embargo, la mayoría de las personas que se declaran en bancarrota ya tienen un mal puntaje crediticio. La bancarrota está pensada para permitir a los solicitantes comenzar de nuevo.
  • Muchos acreedores ofrecen crédito a personas que acaban de declararse en bancarrota porque tienen pocas deudas (ya que la mayoría se han descargado en la bancarrota) y porque no podrán declararse nuevamente en bancarrota durante los próximos 7 años (por lo que deberán pagar sus nuevas deudas).

 

¿Qué sucede si no me declaro en bancarrota?

  • Si no puede pagar sus deudas y no se declara en bancarrota, los acreedores pueden demandarle ante el juzgado. Si los acreedores ganan, reciben un “fallo” en contra de usted. El “Fallo” significa que el juzgado reconoce legalmente la deuda de los acreedores.
  • El acreedor puede tratar de recaudar el fallo de varias maneras. Sin embargo, vea la lista arriba sobre los ingresos y propiedades protegidos de ser adjudicados por el acreedor SIN declararse en bancarrota. Si tiene ingresos y/o propiedades no protegidos, los acreedores pueden intentar embargar o retener el dinero de su salario o cuenta bancaria, así como realizar gravámenes preventivos o tomar posesión de algunas propiedades.
  • No puede ser encarcelado ni acusado de descuidar a sus hijos por el mero hecho de no pagar sus deudas.

 ¿Qué pasa si quiero intentar acordar un plan de pago con todos mis acreedores?

Puede contactar con el Servicio de Consulta del Consumidor Crediticio en el800-747-4222 para obtener asistencia sobre la realización de un plan de pago para todos los acreedores. Este servicio es gratuito. Puedes contactar con otros servicios de consulta, pero asegúrate de que sean gratuitos y de que se trate de servicios de consulta crediticia justos y confiables.

 

¿Hay alguna alternativa si decido no declararme en bancarrota?

Si decide no declararse en bancarrota:

  • Puede escribir una carta a todos sus acreedores indicándoles que no puede pagar sus deudas. Puede solicitar a sus acreedores (por ejemplo, el hospital o VISA) que dejen de llamarle y de enviarle cartas. Puede exigir a las “agencias de cobro” (por ejemplo, firmas de abogados u otras agencias contratadas para cobrar deudas) que dejen de llamarle y enviarle cartas. Haga clic aquí para descargar una carta modelo a enviar.
  • Puede requerir a los acreedores para que se atengan a la Ley de Práctica Justa en Cobros de Deudas. Haga clic aquípara consultar dicha ley.
  • Puede contactar con sus acreedores y proponerles un plan de pago.
  • Puede impugnar una deuda si no está de acuerdo con el monto solicitado por el acreedor. Puedes solicitar una “contaduría”, es decir, una lista clasificada de los cargos que el acreedor reclama. Si no está de acuerdo con alguno de los gastos, notifíquelo de inmediato al acreedor por escrito.
Última revisión y actualización: Dec 06, 2016
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